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Decreto Nº 595/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Desígnase, con carácter transitorio, Director de la Dirección de Gestión de Cobranzas de la Tesorería General de la Nación.

Bs.As., 13/8/2003

VISTO el Expediente Nº S01:0029854/2003 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la ley citada en el VISTO se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2003.

Que el Artículo 18 de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1 de enero de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 48 de la citada ley.

Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se considera imprescindible la cobertura del cargo vacante Nivel A de la Dirección de Gestión de Cobranzas, Función Ejecutiva Nivel III de la Tesorería General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo previsto en el Artículo 18 de la Ley Nº 25.725 y en los Títulos III, Capítulo III y VI, Artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91, T.O.1995.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la profesional propuesta para ser designada como Directora de la Dirección de Gestión de Cobranzas de la Tesorería General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se ha desempeñado con anterioridad en la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, habiendo obtenido holgadas pruebas de solidez de sus conocimientos profesionales y eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los incisos 1 y 7 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL y de las facultades conferidas por los Artículos 18 y 48 de la Ley Nº 25.725 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Exceptúase a la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de lo dispuesto en el Artículo 18 de la Ley Nº 25.725 y en los Títulos III, Capítulo III y VI Artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91, T.O.1995 a efectos de cubrir UN (1) cargo Nivel A, Función Ejecutiva III de la Dirección de Gestión de Cobranzas de la Tesorería General de la Nación dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del citado Ministerio.

ARTICULO 2º — Desígnase con carácter transitorio, a partir de la fecha del presente decreto, en el cargo de Director de la Dirección de Gestión de Cobranzas de la Tesorería General de la Nación, Nivel A, Función Ejecutiva III, a la agente de Planta Permanente de dicha Dirección, Nivel B, Grado 2, Doctora Doña Graciela Adriana LUCIANI (M.I.Nº 18.117.872).

ARTICULO 3º — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA – Decreto Nº 993/91 T.O.1995 en los términos de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de las respectivas designaciones transitorias.

ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72204