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Régimen de deducciones impositivas para la primera venta de machos vacunos castrados. Limitaciones. Derogación
sanc. 23/5/1973; promul. 23/5/1973; publ. 6/6/1973
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1. Derógase la ley 20153 con efecto retroactivo a la fecha de su sanción.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Lanusse Lanusse Wehbe
Cita digital del documento: ID_INFOJU82439