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DECRETO 571/1986
SEGURIDAD SOCIAL
Regímenes Diferenciales (y/o Especiales). Personal de Educación. Docentes y no docentes
Cargos desempeñados por docentes e investigadores del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia e Instituto Nacional de Investigaciones Administrativas. Alcance
DOCENTES
Jubilaciones y pensiones. Docentes e investigadores del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia e Instituto Nacional de Investigaciones Administrativas. Alcance
del 22/4/1986; publ. 29/4/1986
Visto que la ley 18037 en su art. 66 , párr. 1 t.o. 1976 establece que percibirá la jubilación sin limitación alguna el jubilado que se reintegrare a la actividad o continuare en la misma en cargos docentes o de investigación, en universidades nacionales o en universidades provinciales o privadas autorizadas para funcionar por el Poder Ejecutivo nacional o en facultades, escuelas, departamentos, institutos y demás establecimientos de nivel universitario que de ellas dependan; y
Considerando:
Que el párr. 2 de la citada norma legal faculta al Poder Ejecutivo nacional a extender dicha excepción a los cargos docentes o de investigación científica desempeñados en otros establecimientos o institutos oficiales de nivel universitario, científico o de investigación.
Que en mérito a estas normas se dictaron los decretos 558/1981 y 1231/1984 por los que se declaró comprendido en el art. 66, párr. 2, de la ley 18037 a los cargos desempeñados por los docentes e investigadores, de los museos históricos nacionales y de la Escuela Nacional de Museología de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos (decreto 558/1981 ) y a los cargos desempeñados por los docentes e investigadores de los institutos Nacional de Antropología, Nacional de Musicología, Museo Roca Instituto de Investigaciones Históricas y Museo Casa de Ricardo Rojas Instituto de Investigaciones, dependientes de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación y Justicia (decreto 1231/1984 ).
Que el análisis de la estructura orgánico-funcional con su organigrama, misión y funciones, del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia, Instituto Nacional de Investigaciones de las Ciencias Naturales, surge que el personal docente y los investigadores que en el mismo se desempeñan están encuadrados dentro de lo dispuesto en la norma legal consignada.
Que en tal sentido concordante con lo propuesto se han expedido la Secretaría de Ciencia y Técnica, la Secretaría de Seguridad Social y la Secretaría de la Función Pública.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 86 , inc. 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Decláranse comprendidos en el art. 66, párr. 1, de la ley 18037 (t.o. 1976) los cargos desempeñados por los docentes e investigadores del Museo Argentino de Ciencias Naturales Bernardino Rivadavia e Instituto Nacional de Investigaciones de las Ciencias Naturales, dependiente de la Secretaría de Ciencia y Técnica del Ministerio de Educación y Justicia.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Alfonsín Alconada Aramburu Barrionuevo Sadosky
Cita digital del documento: ID_INFOJU89070