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Decreto 340/2005
EXENCION DE GRAVAMENES
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el evento SIAL MERCOSUR 2005 5º Salón Internacional de Alimentos y Bebidas del Mercosur, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs.As., 19/4/2005
VISTO el Expediente Nº S01:0213258/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que la firma EXPOSIUM AMERICA LATINA S.A., solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos comerciales y técnicos, muestras y otros productos originarios y procedentes de los países participantes en el evento SIAL MERCOSUR 2005 5º SALON INTERNACIONAL DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DEL MERCOSUR, a realizarse en el Predio Ferial La Rural de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 23 al 26 de agosto de 2005.
Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes.
Que los folletos comerciales y técnicos, mercaderías y muestras que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000), por país participante.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5º, inciso s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su similar Nº 21.450 y mantenido por el Artículo 4º de la Ley Nº 22.792.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos comerciales y técnicos, muestras y otros productos, originarios y procedentes de los países participantes en el evento SIAL MERCOSUR 2005 5° SALON INTERNACIONAL DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DEL MERCOSUR, a realizarse en el Predio Ferial La Rural de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 23 al 26 de agosto de 2005, para su exhibición, y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB.
ARTICULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Roberto Lavagna.
Cita digital del documento: ID_INFOJU75798