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LEY 21228
ANTÁRTIDA
Estudio de sus aspectos sociológicos, geográficos, biológicos y económicos. Declaración de interés nacional
sanc. 30/9/1975; promul. 24/10/1975; publ. 5/11/1975
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con fuerza de ley:
Art. 1. Declárase de interés nacional el estudio de los aspectos sociológicos, geográficos, biológicos y económicos de la Antártida y, en especial, todos los aspectos que se relacionan con la soberanía de la República Argentina en el sector comprendido entre los 25º y los 74º de longitud oeste, limitando al Norte con el paralelo 60.
Art. 2. El Poder Ejecutivo nacional dispondrá que los organismos especializados de su dependencia, determinen las pautas necesarias para la integración total del sector Antártico al continente, en los aspectos sociales, jurídicos y políticos, dentro de los márgenes que permitan los tratados internacionales vigentes y con previsión a un oportuno reclamo del reconocimiento internacional de la soberanía argentina en su plenitud.
Art. 3. Comuníquese, etc.
García Sánchez Toranzo Caressi Lavia
Cita digital del documento: ID_INFOJU82563