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LEY 22930
OBRAS SOCIALES
Instituto Nacional de Obras Sociales. Organización y administración. Modificación
sanc. 27/09/1983; promul. 27/09/1983; publ. 30/09/1983
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– Sustitúyese el texto del art. 65 de la ley 22269 por el siguiente:
Art. 65.- Durante el período de organización a que se refiere el art. 53 el Instituto Nacional de Obras Sociales será conducido y administrado por un delegado normalizador designado por el Ministerio de Acción Social.
Art. 2.– La presente ley regirá a partir de la fecha de su promulgación.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Bignone – Navajas Artaza
Cita digital del documento: ID_INFOJU82970