Tiempo estimado de lectura 0 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIAHonorarios. Pautas de regulación. Arts. 6, 7, 19, 37 y 40, ley 21.839, modificada por ley 24.432
En el marco de un juicio ordinario, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 06 de diciembre de 2017.
Y VISTOS:
En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión del trabajo desarrollado por el profesional beneficiario de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos, y etapa efectivamente cumplida, se elevan a doscientos pesos ($200) los honorarios de la Dra. Marta I. Robledo, regulados a fs. 386 (arts. 6, 7, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).
Notifíquese por Secretaría.
Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.
Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.
Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).
JULIA VILLANUEVA
EDUARDO R. MACHIN
MANUEL R. TRUEBA
PROSECRETARIO DE CÁMARA
027147E
Cita digital del documento: ID_INFOJU121327