Tiempo estimado de lectura 0 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
29/04/2004
LEY 22655
FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES
Determinación. 12 de octubre. Inclusión
sanc. 8/10/1982; promul. 8/10/1982; publ. 11/10/1982
El presidente de la Nación Argentina sanciona con fuerza de ley:
Art. 1. Sustitúyese el art. 1 de la ley 21329, por el siguiente, con vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley:
Art. 1. Establécense como días feriados y no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes:
Feriados nacionales
1 de enero.
Viernes Santo.
1 de mayo.
25 de mayo.
20 de junio.
9 de julio.
17 de agosto.
12 de octubre.
25 de diciembre.
No laborables
Jueves santo.
8 de diciembre.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Bignone Reston Villaveirán
Cita digital del documento: ID_INFOJU82916