Legislación nacional

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DECRETO 1640/1963

ARRENDAMIENTOS Y APARCERÍAS RURALES

Contratos accidentales de arrendamiento agrario. Derogación

del 1/3/1963; publ. 13/3/1963

Visto el decreto ley 1639/1963 dictado en la fecha,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Deróganse los arts. 2 y 3 del decreto 23126/1953 y el decreto 4314/1962 .

Art. 2.– El presente decreto será refrendado por el ministro secretario en el Departamento de Economía y firmado por el secretario de Estado de Agricultura y Ganadería.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Guido – Méndez Delfino – Martínez de Hoz

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU86421