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DECRETO 2032/1993
MIGRACIONES
Extranjeros indigentes nativos de países limítrofes. Legalizaciones de documentos. Eximición. Pago del arancel consular
del 30/9/1993; publ. 7/10/1993
Visto el decreto 1033/1992 , prorrogado por el decreto 864/1993 , y
Considerando:
Que las referidas normas tendientes a normalizar la situación de los extranjeros nativos de países limítrofes, que se encuentran indocumentados y que en la mayoría de los casos desarrollan actividades útiles para el país, exigen que además se les facilite la obtención de la documentación pertinente para obtener la radicación legal a quienes carezcan de medios económicos para ello.
Que la presente medida encuadra en las facultades emergentes del art. 86 , incs. 1 y 2 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Exímese del pago del arancel consular a las legalizaciones de la documentación exigida por los arts. 4 , inc. b) pto. IV y 7 incs. a) y b) del decreto 1033/1992, que gestionen ante la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, los extranjeros nativos de países limítrofes que acrediten su indigencia mediante certificado de autoridad judicial nacional.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Menem Di Tella
Cita digital del documento: ID_INFOJU87019