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CONFLICTO DEL ATLÁNTICO SUR
Tratamiento de la Cuestión Malvinas en la Organización de las Naciones Unidas. Peticionarios que apoyen la posición en respaldo de la soberanía argentina. Viaje a la ciudad de Nueva York. Auspicio. Autorización
del 05/06/2006; publ. 07/06/2006
Visto el tratamiento que tiene la Cuestión Malvinas en el seno del Comité Especial Encargado de Examinar la Situación con Respecto a la Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales de la Organización de las Naciones Unidas, cuyas sesiones se realizarán próximamente en la ciudad de Nueva York -Estados Unidos de América- y la presentación prevista para el día 15 de junio de 2006, de peticionarios en apoyo de la posición del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y
Considerando:
Que la intervención en dicha Organización de peticionarios en apoyo de la posición argentina es coadyuvante de la política nacional en la materia, contrarrestando la argumentación de peticionarios cuya comparecencia es promovida por la parte británica.
Que la participación de peticionarios que apoyen la posición argentina a través de declaraciones y testimonios, constituye un arbitrio efectivo en respaldo de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes.
Que es necesaria la presencia de los peticionarios el día 14 de junio de 2006 en la ciudad de Nueva York -Estados Unidos de América- a fin de abocarse a tareas preparatorias vinculadas con su intervención en apoyo de la posición argentina.
Que han tomado debida intervención la Subsecretaría de Coordinación y Cooperación Internacional y la Secretaría de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 99 , inc. 1, de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a auspiciar la concurrencia a dicho Ministerio y posterior viaje a la ciudad de Nueva York -Estados Unidos de América- entre los días 13 y 17 de junio de 2006, de la Sra. Dolores Reynolds (D.N.I. 18.392.753), con residencia en el Partido de San Fernando, provincia de Buenos Aires, y de la Sra. María Angélica del Carmen Vernet (L.C. 6.267.625), con residencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de considerar, preparar e instrumentar la acción mencionada en los Considerandos del presente decreto.
Art. 2.– Por la Dirección General de Abastecimiento, Infraestructura y Servicios del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto se extenderán las órdenes de pasajes vía aérea a favor de la Sra. Reynolds y de la Sra. Vernet por el tramo Buenos Aires-Nueva York-Buenos Aires y por la Dirección General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto se les liquidarán, a cada una de ellas, los viáticos correspondientes, teniendo en cuenta que la duración de la misión será de cuatro (4) días, con fecha de partida el 13 de junio de 2006.
Art. 3.– El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las partidas pertinentes del presupuesto vigente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Kirchner – Taiana
Cita digital del documento: ID_INFOJU74299