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DECRETO 2067/1990
SEGURIDAD INTERNACIONAL
Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas. Aprobación de resolución
del 2/10/1990; publ. 5/10/1990
Visto que la República Argentina es miembro originario de la Organización de las Naciones Unidas, y
Considerando:
Que mediante el decreto 1560 del 13 de agosto de 1990 se aprueban las sanciones contra la República de Irak dispuestas por la resolución 661 del 6 de agosto de 1990, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas.
Que el consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas adoptó el 25 de setiembre de 1990, la resolución 670, por la cual se amplían al transporte aéreo las sanciones previstas en la citada resolución.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 86 , incs. 1) y 2), de la Constitución Nacional.
Por ello,
El vicepresidente de la Nación Argentina en ejercicio del Poder Ejecutivo decreta:
Art. 1. Apruébase la resolución 670 adoptada por el Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas con fecha 25 de setiembre de 1990.
Art. 2. El Poder Ejecutivo y las reparticiones y organismos públicos del Estado nacional, las provincias y las municipalidades, adoptarán en sus respectivas jurisdicciones las medidas que fuere menester para dar cumplimiento a las decisiones contenidas en la resolución que se aprueba por el artículo anterior.
Art. 3. Comuníquese, etc.
Duhalde Triaca Mera Figueroa
Cita digital del documento: ID_INFOJU87060