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DECRETO 2154/1964
COMERCIO EXTERIOR
Nomenclatura aduanera y recargos de importación. Modificación
del 25/3/1964; publ. 6/6/1964
Visto y Considerando:
Los estudios realizados por el Ministerio de Economía respecto de los ajustes que corresponde introducir a la nomenclatura aduanera y recargos de importación anexa al decreto ley 6771/1963 (art. 3 de la ley 16451). La necesidad de proceder a la constitución de la Comisión de Aranceles prevista en dicho decreto ley, designando como primer paso los miembros que representen en su seno al Poder Ejecutivo, sin perjuicio de las consultas que por vía del Ministerio de Economía se efectuarán para proponer oportunamente al Poder Ejecutivo la designación de los representantes de los sectores de la actividad privada; y las facultades que se otorgan al Poder Ejecutivo en todo cuanto se relacione con la aplicación del decreto ley 6771/1963 .
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Introdúcense a la nomenclatura aduanera y recargos de importación anexa al decreto ley 6771/1963 , los ajustes contenidos en el anexo del presente decreto.
Art. 2. Además del subsecretario de Economía, que actuará como presidente, desígnanse para integrar la Comisión de Aranceles creada por el decreto ley 6771/1963 , en representación del Poder Ejecutivo a los representantes de los siguientes organismos: Secretaría de Estado de Hacienda; Secretaría de Estado de Industria y Minería; Secretaría de Estado de Comercio; Consejo Nacional de Desarrollo y Banco Central de la República Argentina.
Art. 3. El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios en los Departamentos de Economía y del Interior y firmado por los secretarios de Estado de Hacienda, de Industria y Minería y de Comercio.
Art. 4. Comuníquese, etc.
Illia Solá Palmero García Tudero Concepción
NdeR.: No se publica anexo (ver B.O. del 6/6/1964).
Cita digital del documento: ID_INFOJU87176