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DECRETO 1326/1999

MINISTERIOS

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. Organigrama. Modificación

del 11/11/1999; publ. 16/11/1999

Visto el expediente 080001130/99 del registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, la ley 24629 y los decretos 660 del 24 de junio de 1996, sus normas complementarias y modifs. y 856 del 22 de julio de 1998, y

Considerando:

Que por la ley mencionada en primer término se puso en marcha el proceso de reorganización administrativa correspondiente a la segunda etapa de Reforma del Estado Nacional y se formularon las pautas y plazos a los que debe ajustarse dicho proceso.

Que por disposiciones complementarias en materia de reforma y modernización del Estado, se aprobó oportunamente la estructura organizativa del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos de acuerdo con los Organigramas, Objetivos, Responsabilidades Primarias y Acciones determinados oportunamente en los anexos respectivos.

Que por la última de las normas mencionadas en el Visto, se creó en el ámbito de la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Subsecretaría de Tecnologías Informáticas como organismo rector en la materia, con el objetivo, entre otros, de coordinar la actuación de las unidades informáticas del Sector Público Nacional a los efectos de un mejor aprovechamiento y modernización de dichas tecnologías.

Que como consecuencia de lo expuesto anteriormente y especialmente en los arts. 10 y subsiguientes del decreto 856/1998 la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos propicia la modificación estructural que permita dar cumplimiento a dichos requerimientos.

Que el impacto que las tecnologías informáticas tienen sobre los sistemas administrativos, así como también la envergadura económica que significa su adquisición, han constituido a las mismas en una herramienta estratégica para el Estado.

Que en este mismo orden de ideas resulta imperioso, centralizar toda la actividad vinculada a la implementación de las políticas y los planes de desarrollo e innovación tecnológica dentro de cada Jurisdicción Ministerial.

Que la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos cuenta con una Dirección de Informática en el ámbito de la Dirección General de Administración.

Que la envergadura del referido proyecto amerita modificar la dependencia y el nivel organizativo de la unidad encargada de desarrollar las actividades informáticas.

Que a los fines de asegurar la continuidad de los cargos correspondientes al Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas y en razón de darse los supuestos previstos en el art. 17 de la ley 25064, corresponde efectuar la pertinente adecuación presupuestaria.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y la Secretaría de la Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 17 de la ley 25064 y el art. 99 inc. 1, de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta:

Art. 1.– Modifícase, del decreto 1450 de fecha 12 de diciembre de 1996, sus normas modifs. y complementarias los anexos Ie Organigrama, en la parte correspondiente a la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y IIIa Cargos, Planta Permanente, de la Dirección General de Informática dependiente de la mencionada Subsecretaría que se aprueba por el presente acto, por las planillas que con igual denominación, respectivamente, forman parte integrante del mismo.

Art. 2.– Aclárase que la dotación que se asigna a la Dirección General de Informática por el artículo precedente, se compone por los actuales cargos de la ex Dirección de Informática más los que se incorporan por el art. 3 del presente acto, por lo que se considera adecuada, en tal sentido, la dotación de cargos de la Dirección General de Administración dependiente de la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Art. 3.– Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto General de la Administración Nacional vigente, para la Jurisdicción 50.00 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de acuerdo con el detalle que, como planilla anexa a este artículo, se acompaña.

Art. 4.– Incorpórase al anexo II del decreto 1450/1996 , sus modifs. y complementarios, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección General de Informática y modifícanse los correspondientes a la Dirección General de Administración, ambas de la Subsecretaría de Administración de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, de conformidad con el detalle que como planillas anexas de igual denominación, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 5.– El personal involucrado en la presente modificación de estructura, mantendrá sus niveles y grados de revista vigentes, así como también los correspondientes al Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 6.– Homológase en el Nomenclador de Cargos con Funciones Ejecutivas, en la parte correspondiente a la Subsecretaría de Administración dependiente de la Secretaría de Coordinación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, la denominación “Director de Informática” por “Director General de Informática”.

Art. 7.– Establécese que mantendrán su vigencia, las aperturas estructurales inferiores de la Subsecretaría de Administración que no resulten afectadas por lo dispuesto por el presente acto.

Art. 8.– Comuníquese, etc.

Menem – Rodríguez – Granillo Ocampo – Di Tella – Domínguez – Uriburu – García Solá – Mazza – Corach – Fernández

Anexo Ie

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Secretaría de Coordinación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Subsecretaría de Administración

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dirección General de Recur. Human.

 

Dirección General de Administrac.

 

Dirección General de Informática

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Dirección de Sumarios

 

Centro de documentación e Información

 

Dir. de Organización y Sistemas Administ.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Anexo II

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA

Responsabilidad primaria

Implementar las políticas y los planes de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación y modernización de la administración central en el ámbito de la jurisdicción ministerial, mediante la incorporación de la informática y el desarrollo de herramientas que colaboren con un mejor servicio público, así como también centralizar toda la información relativa a su competencia de los organismos descentralizados de la órbita del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Acciones

1.– Supervisar y coordinar la elaboración y diseño de todo proyecto de sistematización de datos que se efectúe en la jurisdicción, correspondiéndole o no, su administración.

2.– Coordinar el funcionamiento armónico de las distintas especialidades que integran el servicio.

3.– Supervisar y coordinar los proyectos e instalaciones de procesamiento distribuido basado en equipos microcomputadores u otros similares.

4.– Evaluar técnicamente y efectuar la aprobación previa, sin perjuicio de la intervención de los organismos competentes según la normativa específica, en los procesos de incorporación, modificación y/o renovación de insumos, equipos y/o servicios informáticos a las distintas áreas de la jurisdicción, sean a título gratuito u oneroso, con entidades de carácter público o privado, con financiamiento propio, del Tesoro Nacional u otros de carácter público o privado, nacionales o internacionales, con el objeto de asegurar la coordinación y coherencia de los sistemas utilizados.

5.– Articular las relaciones con los organismos descentralizados de la jurisdicción en los temas de su competencia, centralizar la información pertinente y asistirlos técnicamente a su requerimiento.

6.– Elaborar anualmente el plan de sistemas de la jurisdicción.

7.– Establecer planes de contingencia para los sistemas críticos, controlando periódicamente su funcionamiento.

8.– Verificar el cumplimiento de las normas legales en materia de utilización de software en el ámbito de la jurisdicción ministerial.

9.– Entender en todos los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas informáticos y de comunicaciones de la jurisdicción.

10.– Representar a la jurisdicción ante organismos gubernamentales y no gubernamentales del país o del exterior en los temas de su competencia.

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

Responsabilidad primaria

Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento y suministros.

Acciones

1.– Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.

2.– Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.

3.– Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del Estado y por la Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

4.– Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.

5.– Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial.

6.– Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.

7.– Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

Anexo IIIa

PLANTA PERMANENTE

Jurisdicción: Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

Secretaría de Coordinación

Subsecretaría de Administración

Agrupamiento: General escalafón decreto 993/1991

Niveles Escalafonarios

Unidad Organizativa

A

B

C

D

E

F

Total

Dirección General de Informática

2

6

4

8

1

0

21

Total

2

6

4

8

1

0

21

 

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3

RECURSOS HUMANOS

Jurisdicción: 50.00 Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

Programa: 01 Actividades Centrales

Actividad: 02 Coordinación

Cargo o categoría

Cantidad de

Retribución del cargo

 

Cargos horas de cátedra

Importe en pesos

Personal permanente

 

 

Personal del SINAPA decreto 993/1991

 

 

A

1

22.400

B

1

15.120

Subtotal escalafón

2

37.520

 

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85695