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DECRETO 342/1981
CONTRATO DE TRABAJO
Empresas de servicios eventuales
Empresas de servicios eventuales. Funcionamiento. Plazo. Prórroga
del 29/5/1981; publ. 12/6/1981
Visto el decreto 2491/1980 sobre empresas de servicios eventuales y lo dispuesto por el art. 5 del decreto 42, dictado el 29 de marzo de 1981, y
Considerando:
Que resulta aconsejable aguardar la aprobación de la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo a fin de proveer a la organización del registro especial determinado por el art. 4 del decreto 2491/1980.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Prorrógase en ciento ochenta (180) días el término fijado por el art. 19 del decreto 2491/1980, para el comienzo de su vigencia.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Viola Porcile Sigaut
Cita digital del documento: ID_INFOJU88233