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DECRETO 342/1981

CONTRATO DE TRABAJO

Empresas de servicios eventuales

Empresas de servicios eventuales. Funcionamiento. Plazo. Prórroga

del 29/5/1981; publ. 12/6/1981

Visto el decreto 2491/1980 sobre empresas de servicios eventuales y lo dispuesto por el art. 5 del decreto 42, dictado el 29 de marzo de 1981, y

Considerando:

Que resulta aconsejable aguardar la aprobación de la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo a fin de proveer a la organización del registro especial determinado por el art. 4 del decreto 2491/1980.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Prorrógase en ciento ochenta (180) días el término fijado por el art. 19 del decreto 2491/1980, para el comienzo de su vigencia.

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Viola – Porcile – Sigaut

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88233