Legislación nacional

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DECRETO 537/2000

MEDIACIÓN

CONCILIACIÓN

Régimen. Reglamentación. Modificación

del 6/7/2000; publ. 10/7/2000

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.- Sustitúyese el art. 20 de la reglamentación de la Ley de Mediación y Conciliación 24573, aprobada por el decreto 91/1998 , por el siguiente:

Art. 20.- Representantes del Poder Ejecutivo en la Comisión. El Poder Ejecutivo nacional estará representado en la Comisión de Selección y Contralor por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Facúltase al ministro de Justicia y Derechos Humanos a designar, a esos fines, a dos (2) funcionarios de ese Ministerio, los que deberán revistar en un nivel no inferior a subsecretario.

Art. 2.- Comuníquese, etc.

DE LA RÚA – TERRAGNO – GIL LAVEDRA.

 

Referencias: Ley de Mediación y Conciliación  –L 24573–: LA 199-C-3140 – D 91/1998: 19-A-145.

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88974