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DECRETO 537/2000
MEDIACIÓN
CONCILIACIÓN
Régimen. Reglamentación. Modificación
del 6/7/2000; publ. 10/7/2000
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.- Sustitúyese el art. 20 de la reglamentación de la Ley de Mediación y Conciliación 24573, aprobada por el decreto 91/1998 , por el siguiente:
Art. 20.- Representantes del Poder Ejecutivo en la Comisión. El Poder Ejecutivo nacional estará representado en la Comisión de Selección y Contralor por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Facúltase al ministro de Justicia y Derechos Humanos a designar, a esos fines, a dos (2) funcionarios de ese Ministerio, los que deberán revistar en un nivel no inferior a subsecretario.
Art. 2.- Comuníquese, etc.
DE LA RÚA TERRAGNO GIL LAVEDRA.
Referencias: Ley de Mediación y Conciliación L 24573: LA 199-C-3140 D 91/1998: 19-A-145.
Cita digital del documento: ID_INFOJU88974