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LEY 16862
CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenios Multilaterales
Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar. Aceptación
sanc. 30/10/1965; promul. 6/12/1965; publ. 11/1/1966
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley:
Art. 1.– Acéptase la Convención internacional para la seguridad de la vida humana en el mar y las Reglas internacionales para prevenir colisiones en el mar, firmadas en Londres el 17 de junio de 1960.
Art. 2.– Denúncianse el Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar y las Reglas internacionales para prevenir colisiones en el mar, suscriptas en Londres en 1948.
Art. 3.– Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Perette – Mor Roig – Caressi – Oliver
Cita digital del documento: ID_INFOJU81797