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Decreto 1829/2004

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desígnase Jefe de la División Obras en el ámbito del 9º Distrito San Juan, con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.

Bs.As., 10/12/2004
VISTO el Expediente Nº 3089P2003, del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, dependiente de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en ese entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 25.827, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 14 de enero de 2004, el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley citada en el VISTO, se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.

Que por el Artículo 7º de la mencionada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo 14 de la citada Ley.

Que mediante Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que dado que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD dependiente de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se encuentra vacante el cargo de Jefe de la División Obras en el ámbito del 9º Distrito San Juan, resultando necesario proceder a su cobertura, exceptuando a dicho Organismo a tal efecto de lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827.

Que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio.

Que se ha dado cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos para la cobertura del nivel escalafonario, a los efectos de proceder a la designación en cuestión.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los Artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827, y de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y por el Decreto Nº 601/02.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Desígnase Jefe de la División Obras en el ámbito del 9º Distrito San Juan de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD dependiente de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, al Ingeniero Juan Francisco MOLINA (D.N.I.Nº 16.174.131).

ARTICULO 2º — La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 25.827.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción respectiva.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Julio M.De Vido.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU73098