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DECRETO 7135/1972
PRECIOS
Bienes y servicios. Régimen. Intendente de la Ciudad de Buenos Aires. Autoridad de aplicación
del 16/10/1972; publ. 24/10/1972
Visto, que las facultades conferidas por los arts. 2 y 4 de ley 19508, pueden ejercerse por medio de organismo de aplicación, y
Considerando:
Que, por decreto 1051/1972 , se atribuyó al Ministerio de Comercio carácter de autoridad nacional de aplicación de dicha ley, encomendándole a su titular el ejercicio de las atribuciones previstas en sus arts. 2, 4 y 7.
Que sin perjuicio de ello y con los alcances del art. 6 de la ley mencionada, corresponde delegar en el intendente de la Ciudad de Buenos Aires las facultades a que se refieren sus arts. 2 y 4 .
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. El intendente de la Ciudad de Buenos Aires podrá ejercer la facultades conferidas por el art. 2 y el 4 , incs. a) y b), de la ley 19508, en cuyo caso las normas que dicte tendrán vigencia en cuanto no contradigan, expresa o implícitamente, una norma nacional anterior o posterior.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Lanusse García Mor Roig
Cita digital del documento: ID_INFOJU89530