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DECRETO 853/1999
CONVENIOS INTERNACIONALES
Japón
JAPÓN
PRÉSTAMOS
SALUD PÚBLICA
Convenio de Financiación Adicional. Adquisición de equipamientos destinados al Programa de Atención Primaria de la Salud
del 4/8/1999; publ. 9/8/1999
Visto el expediente 1200215697/-2 del registro del Ministerio de Salud y Acción Social; y
Considerando:
Que por decisión administrativa 686/1997 se aprobó el pliego correspondiente y se autorizó el llamado a Licitación Pública Internacional para la provisión de equipamiento destinado al Programa de Atención Primaria de la Salud en el marco del Convenio Financiero entre The Exportimport Bank of Japan (Jeximbank) y el Banco de la Nación Argentina (BNA), Préstamo Global Línea 3.
Que, consecuentemente, el Ministerio de Salud y Acción Social realizó la Licitación Pública Internacional 14/1997.
Que mediante decisión administrativa 508 del 7 de octubre de 1998 se aprueba y adjudica la referida licitación a favor de la empresa Nissho Iwai Corporation por un importe de pesos setenta y ocho millones doce mil doscientos cincuenta y seis con treinta y siete centavos ($ 78.012.256,37.), autorizando asimismo al Ministro de Salud y Acción Social a suscribir el respectivo contrato, el que se formalizó el 3 de noviembre de 1998.
Que el Banco Central de la República Argentina ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el art. 61 de la ley 24156, manifestando su opinión favorable.
Que la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, mediante aval 4, nota 226 del 20 de noviembre de 1998, atento las facultades otorgadas por la ley 24156 , su reglamentación parcial 3 y la ley 24938 , Planilla 8, Anexa al art. 6, garantiza con el respaldo de las disponibilidades del Tesoro nacional la financiación por hasta la suma de yenes ocho mil doscientos noventa y un millones trescientos trece mil setecientos ochenta y seis (¥ 8.291.313.786), con ajuste a los requisitos establecidos en el Convenio suscripto con el The Export Import Bank of Japan (Jeximbank) Global Loan BNA 3.
Que con las mismas facultades, por aval 6, nota 258 del 23 de diciembre de 1998, complementario de la operación garantizada por el Aval 4, de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, se garantiza con el respaldo de las disponibilidades del Tesoro nacional la emisión de la Carta Garantía correspondiente al Financiamiento Adicional por la parte no financiada por The Exportimport Bank of Japan (Jeximbank), ofrecido por la adjudicataria.
Que se confeccionaron los Convenios de Financiamiento Adicional por la parte no financiada por el The Exportimport Bank of Japan (Jeximbank) a ser suscriptos entre el Ministerio de Salud y Acción Social, en calidad de prestatario, y por Nissho Iwai Corporation en carácter de prestamista y Mitsui Co. Ltd. como coprestamista.
Que el Banco de la Nación Argentina ha tomado la intervención que dispone el art. 11 del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación Pública Internacional 14/1997, en su carácter de garante en la financiación de la provisión.
Que la Dirección General Técnica Administrativa del Ministerio de Salud y Acción Social concluye que, habiéndose analizado las condiciones propuestas tanto en conjunto como en forma aislada, éstas se ajustan al Pliego y superan las pautas mínimas en él previstas.
Que la Sindicatura General de la Nación manifestó que no surgen reparos que formular con relación a los procedimientos cumplidos en las tramitaciones analizadas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, actuando como Servicio Jurídico de la Jefatura de Gabinete de Ministros, asesora que los actuados se encuentran en condiciones de seguir su tramitación.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación opina que los contratos en estudio deberán ser aprobados por decreto del Poder Ejecutivo nacional.
Que resulta necesario modificar la planilla 14 anexa al art. 5 de la ley 25064, sustituida por el art. 3 del decreto 455 de fecha 29 de abril de 1999, a efectos de incorporar dentro del total aprobado el Financiamiento adicional a que se refiere el presente decreto.
Que el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos ha tomado intervención prestando conformidad para la suscripción de los mencionados Convenios de Financiamiento Adicionales.
Que en tal sentido corresponde propiciar la suscripción de dichos documentos financieros.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes del Ministerio de Salud y Acción Social y del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos han tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del art. 16 de la ley 11672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999), los arts. 5 y 23 de la ley 25064 y el art. 99 inc. 1) de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Apruébanse los Convenios de Financiamiento Adicional por la parte no financiada por el The Exportimport Bank of Japan (Préstamo Global Línea 3) en el marco de la Licitación Pública Internacional 14/1997, llevada a cabo por el Ministerio de Salud y Acción Social para la adquisición de equipamiento destinado al Programa de Atención Primaria de la Salud con financiamiento proveniente del Convenio Financiero entre The Exportimport Bank of Japan y el Banco de la Nación Argentina, denominado Préstamo Global 3, a ser suscriptos entre el citado Ministerio y las empresas Nissho Iwai Corporation (financiadora) y Mitsui Co. Ltd. (cofinanciadora).
Art. 2. Sustitúyese la planilla anexa al art. 3 del decreto 455 de fecha 29 de abril de 1999, por la anexa al presente artículo, a efectos de incluir la autorización del financiamiento adicional a que se refiere el artículo anterior.
Art. 3. Autorizar al Ministro de Salud y Acción Social a suscribir los respectivos Convenios, cuyos textos se adjuntan como anexos I y II formando parte integrante del presente.
Art. 4. Comuníquese, etc.
Menem Rodríguez Fernández Mazza
Nota: Este decreto se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 Capital Federal).
Cita digital del documento: ID_INFOJU89956