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DECRETO 1486/1990
POLICÍA
Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina. Modificación
del 03/08/1990; publ. 13/08/1990
Visto el expte. S—-000008/89 registro de la Policía Federal Argentina, mediante el cual se propone ampliar la carrera del escalafón femenino, y
Considerando:
Que la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina 21965 , previó la incorporación de la mujer en calidad de oficial subalterno encuadrándola dentro del agrupamiento apoyo, escalafón femenino, respondiendo a necesidades propias de la polifacética función policial que la época generaba.
Que la existencia del mentado escalafón, posibilitó un mejor y mayor aprovechamiento de los efectivos pertenecientes al escalafón de seguridad, volcándolos a la misión específica que le corresponde a dicha institución como órgano del Estado.
Que el personal femenino ha demostrado desde su incorporación en alto grado su evolución y adaptación funcional, dejando réditos positivos, asimismo la sociedad en su constante pujanza, marcada por el progreso reclama aún más sus servicios, ergo se estima la necesidad de ampliar su carrera, dándole mayores expectativas, permitiéndole el acceso a la jerarquía de oficial jefe en el grado de comisario.
Que lo reseñado, aunado al rol social que desempeña la Policía Federal Argentina, no puede dejar de lado el valioso apoyo de la mujer en el acabado cumplimiento de la misión policial, sobre todo en aquellas tareas exclusivas e indelegables que por razón natural de sexo le compete y que son avaladas por la experiencia cotidiana.
Que para el logro de la propuesta, es preciso modificar los anexos II y IV de la referida ley adaptándolos a la proyección que se pretende, conforme al grado máximo a alcanzar y a la escala de tiempos mínimos de permanencia en cada grado.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta al amparo de lo establecido por el art. 86 , inc. 2, de la Constitución Nacional, en concomitancia a las facultades conferidas por el art. 28 de la ley 21965.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– (*) Sustitúyanse los anexos II y IV de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina -ley 21965 -, conforme a los anexos adjuntos que forman parte del presente decreto.
(*) Los anexos II y IV fueron posteriormente modificados. Ver ley 21965 en su versión actualizada.
Art. 2.– El gasto que demande la aplicación del art. 1 será financiado con cargo a la siguiente imputación: -0-30-Carácter 0-Ent. 326, Programa 012 – Partida Principal 1110, del presupuesto vigente.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Menem – Mera Figueroa – González
Anexo II
Nro.
Agrupamiento
Escalafón
Pers.
Grado máximo a alcanzar
Observaciones
1
Seguridad
Seguridad
Masc.
Crio. Gral.
Se agrupará de acuerdo a las especialidades que determine la reglamentación.
2
Apoyo
A – Bomberos
Masc.
Crio Gral.
B – Comunicaciones
Masc.
Crio. Gral.
C – Femenino
Fem.
Comisario
3
Profesional
A – Sanidad
Masc.
Crio. Mayor
B – Jurídico
Masc.
Crio. Mayor
C – Músico
Masc.
Crio. Inspector
D – Técnico
Masc.
Crio. Mayor
E – Veterinario
Masc.
Crio. Inspector
Anexo IV
Nro.
Grado
Escalafón seguridad
Escalafón de apoyo
Bomberos
Comunicaciones
Femenino (2)
1
Crio. Gral.
2
2
2
–
2
Crio. Mayor
2
2
2
–
3
Crio. Inspector
2
2
2
–
4
Comisario
2
2
2
3
5
Subcomisario
3
3
3
4
6
Principal
4
4
4
5
7
Inspector
3
3
3
4
8
Subinspector
3
3
3
4
9
Ayudante
3
3
3
4
Escalafones Profesionales
Sanidad (1)
Jurídico (1)
Músico
Técnico (1)
Veterinario (1)
Observaciones
–
–
–
–
–
2
2
–
2
–
3
3
2
3
2
3
3
4
3
4
5
5
5
5
6
5
5
5
5
6
4
4
4
4
5
4
4
4
4
5
–
–
4
–
–
(1) El ingreso a la Institución se hace con el grado de subinspector.
(2) El ingreso a la Institución del escalafón femenino se hace con el grado que para cada especialidad que lo conforma fije la reglamentación de esta ley.