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Decreto 1076/2003

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION

Prorróganse las Sesiones Ordinarias.

Bs. As., 19/11/2003

En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° – Prorróganse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION hasta el 31 de diciembre de 2003.

Art. 2° – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU71755