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Decreto 1787/2005
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Designaciones en la Planta Permanente del citado ente autárquico en el ámbito de la Secretaría de Seguridad Social.
Bs.As., 29/12/2005
VISTO el Expediente Nro. 3769/05 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nro.24.557 y Nro. 25.967, los Decretos Nro. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nro. 601 de fecha 11 de abril de 2002 y Nro. 565 de fecha 1 de junio de 2005, y CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 35 de la Ley Nro. 24.557 se creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO como entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38, punto 3, del citado texto legal, las relaciones del personal con la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO se regirán por la legislación laboral.
Que por el artículo 7º de la Ley Nro. 25.967 se estableció que las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a esa fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el artículo 2º del Decreto Nro. 565/05 se dispuso que las facultades otorgadas por la Ley Nro. 25.967 al Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el artículo 1º del Decreto Nro. 491/02 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 de fecha 23 de diciembre de 2001 en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que atento ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ente autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado una propuesta de designación de personal para cubrir dos cargos y categorías vacantes, la cual resulta necesaria para gestionar, complementar y fortalecer la labor de ese Organismo.
Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nro. 601/ 02.
Que las personas cuyas designaciones se proponen, reúnen los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para ocupar los cargos que se proponen cubrir.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados por la Ley Nro. 25.967, aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2005, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nro. 25.967, el Decreto Nro. 491/02 y el artículo 2º del Decreto Nro. 565/05.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º Dase por designada, a partir del 3 de octubre de 2005, en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ente autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la persona cuyos datos de identidad, categoría y cargo se detallan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.
ARTICULO 2º Desígnase en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ente autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la persona cuyos datos de identidad, categoría y cargo se detallan en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante del presente decreto.
ARTICULO 3º Exceptúase a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, ente autárquico en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nro. 25.967, al solo efecto de posibilitar la designación de las personas mencionadas en los Anexos I y II del presente decreto, en las categorías y cargos allí detallados.
ARTICULO 4º Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderán con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese.
KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Carlos A. Tomada.
ANEXO I
Superintendencia de Riesgos del Trabajo Incorporación en Planta Permanente
Apellido y Nombre M.I. Escalafón Función / Categoría
BATTAGLIA, Alejandro Daniel 20.625.411 260 Subgerente de Asuntos Legales Subgerente Código de Categoría: 002
ANEXO II Superintendencia de Riesgos del Trabajo Incorporación en Planta Permanente
Apellido y Nombre M.I. Escalafón Función / Categoría
BERNASCONI, Hugo Enrique 12.650.856 260 Jefe Departamento de Dictámenes Jefe de Departamento A3 Código de Categoría: 012