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Decreto Nº 794/2004

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

Desígnase, con carácter transitorio, Gerente de Inspección de la Secretaría de Contralor del citado Instituto dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

Bs.As., 22/6/2004

VISTO el Expediente Nº 494/04 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, la Ley de Presupuesto Nº 25.827, los Decretos Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), Nº 721 del 25 de agosto de 2000 y Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y la Resolución Conjunta SGPSH Nº 27 del 15 de abril de 2004, y 

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 721/00 se aprobó la Estructura Organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 7º de la Ley Nº 25.827 se dispuso que, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la mencionada Ley, ni los que se produzcan con posterioridad.

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura transitoria del cargo de Gerente de Inspección, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de la mencionada entidad, resultando menester disponer distintas medidas de excepción.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante Resolución Conjunta SGPSH Nº 27 de fecha 15 de abril de 2004 se adecuó el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, incorporando por dicha medida el cargo de Gerente de Inspección de la SECRETARIA DE CONTRALOR.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo, actualmente vacante, mediante una excepción a lo previsto en el Título III, Capítulos II y III y Título VI, artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995) y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.

Que el doctor D.Carlos Alejandro GENOVESE (D.N.I.Nº 16.031.116), reúne los requisitos de capacidad e idoneidad requeridos para el referido cargo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7º y 14 de la Ley Nº 25.827 y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1º de febrero de 2004, al doctor D.Carlos Alejandro GENOVESE (D.N.I.Nº 16.031.116), en el cargo de Gerente de Inspección, de la SECRETARIA DE CONTRALOR, Nivel A Grado 0, perteneciente al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo II del Anexo I del Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995) y a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 25.827.

ARTICULO 2º — Dase por asignado con carácter transitorio a partir del 15 de abril de 2004, el Suplemento por Función Ejecutiva con Nivel de Ponderación III al Gerente de Inspección de la SECRETARIA DE CONTRALOR del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con Nivel A – Grado 0, doctor D.Carlos Alejandro GENOVESE (D.N.I.Nº 16.031.116).

La asignación aludida se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo III y Título VI, Artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).

ARTICULO 3º — Dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, desde la designación, el cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto mediante el proceso de selección previsto en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).

ARTICULO 4º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL.

ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Alicia M.Kirchner.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU78427