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SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Decreto 2627/2012
Apruébase Estructura Organizativa de Primer Nivel Operativo.
Bs. As., 27/12/2012
VISTO el Expediente Nº 53.092/2009 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 20.091, los Decretos Nros. 1.084 de fecha 24 de agosto de 2004 y 1.599 de fecha 4 de noviembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 20.091 define a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, como una entidad autárquica con autonomía funcional y financiera, en Jurisdicción del entonces MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS, que ejerce el control de todos los entes aseguradores.
Que el Decreto Nº 1.084/04 aprobó la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
Que por el Decreto Nº 1.599/10 se creó el cargo de Vice Superintendente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y se asignaron sus competencias.
Que resulta necesario efectuar una readecuación de la estructura de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, con el fin de mejorar la calidad de la gestión y alcanzar con mayor eficiencia los objetivos propuestos.
Que lo dispuesto por la presente medida posibilitará aumentar la capacidad de respuesta a las demandas de la sociedad.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación que, como Anexos I, II y III, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El Vice Superintendente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION tendrá las funciones que surgen del Artículo 1º del Decreto Nº 1.599 de fecha 4 de noviembre de 2010.
Art. 3º Facúltase al titular de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar la estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban por el presente decreto, la que deberá prever como máximo VEINTISEIS (26) cargos de conducción.
Art. 4º Facúltase al titular de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a modificar el Anexo III Dotación correspondiente a la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.
Art. 5º La habilitación de los cargos que se aprueban por el presente acto, se encuentra supeditada a la existencia de créditos y cargos aprobados o que se aprueben en las respectivas leyes de presupuesto.
Art. 6º Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revistas y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Art. 7º El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios del Inciso 1 – Gastos en Personal de la Entidad 603 – SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Art. 8º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Juan M. Abal Medina. Hernán G. Lorenzino.
ANEXO I

ANEXO II
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
OBJETIVOS
1. Ejercer la supervisión integral sobre el mercado de seguros yreaseguros en la REPUBLICA ARGENTINA con el propósito de promover unaplaza solvente, estable y eficiente, conforme con las prescripciones delas Leyes Nros. 20.091 de Entidades de Seguros y su Control y 22.400del Régimen de los Productores-Asesores de Seguros, las competenciasque le otorgan las Leyes Nros. 24.241 del Sistema Integrado deJubilaciones y Pensiones, sus modificatorias y complementarias y 24.557de Riesgos del Trabajo y los principios básicos en materia aseguradorareconocidos con carácter internacional.
2. Realizar las actividades de evaluación, control e inspección de losoperadores del mercado con la finalidad de garantizar el cumplimientode las disposiciones legales y regulaciones vigentes en protección delos intereses de los asegurados, poniendo especial atención en lastareas preventivas de riesgo de insolvencia.
3. Entender en lo relativo al otorgamiento de las autorizaciones parael funcionamiento de nuevas entidades, valorando la capacidad de losaccionistas, directores y administradores y la solidez de los proyectosconstitutivos.
4. Entender en el control, del cumplimiento de las leyes y normasrelativas a la prevención del lavado de dinero y el financiamiento delterrorismo por parte de las entidades aseguradoras, reaseguradoras,intermediarios de seguros y reaseguros y restantes operadores delmercado asegurador argentino.
5. Fijar con carácter general y uniforme los capitales mínimos para operar y los respectivos márgenes de solvencia.
6. Establecer las normas para la valuación de activos, constitución depasivos y las reglas de inversión y retención de riesgos que promuevanel desarrollo solvente de la actividad aseguradora.
7. Entender en lo relativo a la administración del Fondo de Reserva, enel marco de lo establecido por el Artículo 34 de la Ley Nº 24.557 deRiesgos del Trabajo.
8. Recaudar y controlar la tributación de la tasa uniforme conforme la normativa vigente en la materia.
9. Asesorar al PODER EJECUTIVO NACIONAL en todo lo atinente a la política vinculada al mercado asegurador.
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Evaluar las actividades realizadas en la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DELA NACION, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley deAdministración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, utilizando el enfoqueintegral e integrado, de manera que se asegure la continua optimizaciónde los niveles de eficacia, eficiencia y economía en la gestión delOrganismo.
ACCIONES
1. Elaborar el plan anual de auditoría y remitirlo a la SINDICATURAGENERAL DE LA NACION, organismo descentralizado en el ámbito de laPRESIDENCIA DE LA NACION, para su discusión y aprobación.
2. Evaluar el cumplimiento razonable de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la Autoridad Superior.
3. Revisar y evaluar integralmente los actos y la aplicación de loscontroles operacionales, contables, financieros y de legalidad.
4. Verificar si las operaciones son efectuadas y los ingresos sonpercibidos de acuerdo con las normas legales y contables aplicables yen los niveles presupuestarios correspondientes.
5. Producir informes de auditoría sobre las actividades desarrolladasy, en su caso, formular las observaciones y recomendaciones quecorrespondan.
6. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos del sistema de control interno.
7. Precisar la razonabilidad del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
8. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
9. Remitir copia de los informes de auditoría a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
SUBGERENCIA DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la relación del Organismo con la Comunidad y susinstituciones, canalizando y sistematizando, en todos los casos, lasconsultas y denuncias provenientes de los usuarios y las organizacionesque los representan, atendiendo, también, las relaciones con los mediosde difusión.
Entender en la protección de los derechos de los asegurados, posibilitando el efectivo conocimiento y ejercicio de los mismos.
ACCIONES
1. Atender y responder las consultas que a través de cualquier medio realicen los usuarios del sistema asegurador.
2. Recibir, dar curso, procesar y efectuar el seguimiento integral de reclamos y denuncias de asegurados.
3. Tramitar y sustanciar los procedimientos de denuncias conjuntamente con la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
4. Promover la participación, en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DESEGUROS DE LA NACION, de las asociaciones de defensa de losconsumidores.
5. Favorecer la difusión de los derechos de los consumidores de seguros.
6. Sistematizar el contenido y la frecuencia de las denunciasrecibidas, a fin de informar a las gerencias respectivas presuntoscomportamientos anómalos.
7. Proyectar y proponer acciones y normas orientadas a la protección de los consumidores.
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en los aspectos jurídicos de las actuaciones que se tramitanen el Organismo, a fin de encuadrarlas conforme a la normativa vigentee instruir actuaciones administrativas sumariales relativas alejercicio del poder de policía delegado al mismo por la normativavigente, y ejercer la representación y el patrocinio legal de laSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, ante los estrados judiciales.
Asumir la liquidación de las entidades aseguradoras conforme loprevisto en las Leyes Nros. 20.091 y 24.522, y fiscalizar los procesosde liquidaciones voluntarias.
ACCIONES
1. Asumir la representación y patrocinio legal de la SUPERINTENDENCIADE SEGUROS DE LA NACION, actuando como denunciante y/o querellantecuando se verifique la comisión de hechos que pudieren constituirdelitos. Representar al Organismo como parte actora o cuando fueredemandada.
2. Intervenir en las cuestiones de orden jurídico que se substancien enel Organismo, en su carácter de servicio jurídico permanente.
3. Intervenir en las actuaciones a que dieren lugar las observacionesy/o impugnaciones que efectuare la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LANACION, previo a la resolución definitiva, instruyendo, decorresponder, el sumario respectivo y promoviendo, en su caso, laaplicación del régimen sancionatorio instituido por las leyesrespectivas.
4. Estudiar y emitir opinión respecto de los aspectos jurídicos de loscontratos de seguro cuando lo requiera la Gerencia Técnica y Normativao la de Autorizaciones y Registros.
5. Designar consultores técnicos en las causas judiciales en que deba intervenir la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
6. Ejercer el control legal de la actividad aseguradora en lo referenteal funcionamiento y a las condiciones operativas de las personas y/oentidades participantes, impulsando las actuaciones verificadas por elincumplimiento de la normativa vigente proponiendo al Superintendentede Seguros la instrucción de los sumarios administrativos pertinentes ypromoviendo las medidas correctivas, cautelares y disciplinarias quecorresponda adoptar.
7. Intervenir y emitir dictamen sobre las resoluciones que dicte el Organismo.
8. Intervenir en el encuadre legal de las operaciones que realizan lasentidades aseguradoras, conforme a las prescripciones legales yreglamentarias.
9. Disponer y actualizar el registro de juicios en los que sea parte el Organismo.
10. Intervenir en las cuestiones legales que correspondan al Régimen de Empleo del Organismo.
11. Participar, a pedido de la superioridad, en los proyectos queafecten la legislación de fondo en materia de seguros, hayan sidooriginados en el Organismo o no, emitiendo su opinión al respecto yformando parte del proceso de redacción.
12. Asesorar a las demás Gerencias del Organismo, en los aspectosjurídicos que presenten los planes y procedimientos a cargo de cada unade ellas.
GERENCIA TECNICA Y NORMATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la elaboración de las normas técnico-reglamentarias para elfuncionamiento del mercado de seguros e intervenir en el proceso deautorización de ramas, planes y demás elementos técnicos contractualesde las entidades aseguradoras.
ACCIONES
1. Asistir a la superioridad en el diseño de los lineamientos estratégicos de normas reglamentarias en materia aseguradora.
2. Intervenir en la confección de normas técnico-reglamentariasdestinadas a regular el funcionamiento del mercado de seguros yreaseguros.
3. Mantener en forma permanente relaciones con la SUPERINTENDENCIA DERIESGOS DEL TRABAJO, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DESALUD, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, y todootro Organismo del Estado vinculado directa o indirectamente a laactividad aseguradora.
4. Entender en la resolución de consultas sobre la normativa vigente en materia aseguradora.
5. Comparar la normativa en materia aseguradora con las vigentes anivel internacional y regional a fin de identificar las necesidades decambios y realizar las propuestas correspondientes.
6. Realizar la investigación en temas de política aseguradorainternacional y regional, dirigiendo el desarrollo y la implementaciónde modelos destinados a la proyección de variables de coberturas, ramosy planes, y a la simulación de impacto y sensibilidad de medidas depolíticas adoptadas.
7. Entender en la preparación de propuestas de negociaciones bilaterales y multilaterales.
8. Participar en los procesos de integración regional, como el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
9. Intervenir en el proceso de autorización para operar en diferentesramas, planes y demás modalidades contractuales de coberturas a lasentidades aseguradoras.
10. Proponer modificaciones respecto de las normas para la aprobación de ramas, planes y demás elementos técnico-contractuales.
GERENCIA DE EVALUACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar la evaluación de la situación económica y financiera de losoperadores del mercado asegurador y reasegurador, analizando susolvencia y todo aspecto relevante referente a la gestión de losmismos, mediante el análisis de la información recibida por elOrganismo, la proveniente de las inspecciones y la que se les soliciteeventualmente.
ACCIONES
1. Proponer el Plan de Supervisión e Inspecciones de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
2. Efectuar el análisis y seguimiento de la situacióneconómico-financiera de las entidades aseguradoras, de conformidad conlas normas de procedimiento de evaluación de entidades aseguradoras yreaseguradoras vigentes.
3. Evaluar y analizar el cumplimiento del Régimen de Custodia y Valuación de Inversiones.
4. Analizar los expedientes de verificación de estados contables porinspecciones in situ, a los efectos de emitir opinión en materia dela competencia de esta gerencia y efectuar el seguimiento de lasobservaciones detectadas en los mismos.
5. Evaluar periódicamente el diseño y contenido de las fórmulas deEstados Contables y otros documentos informativos vigentes, proponiendolas modificaciones que considere de interés.
6. Colaborar, a requerimiento de la Gerencia competente, en el estudioy elaboración de normas técnicas en materia de capitales mínimos,márgenes de solvencia, reservas técnicas e inversiones, así como en larelativa a planes de regularización y saneamiento.
7. Promover acciones preventivas frente a la detección de eventualessituaciones de incumplimiento de las disposiciones legales oreglamentarias, de acuerdo con los parámetros que fijen las normas deprocedimiento de evaluación de entidades aseguradoras y reaseguradorasvigentes, o por la sola verificación de situaciones de inconsistenciaen la información recibida.
8. Participar en el análisis de los planes de regularizaciónpatrimonial y financiera que presenten las entidades y verificar, encaso de ser aprobados, su cumplimiento.
9. Comunicar a la Gerencia de Prevención y Control del Lavado deActivos y Financiamiento del Terrorismo respecto de las posiblesincongruencias, incoherencias o inconsistencias, que pudieran surgirdel análisis de escritorio de los Estados Contables así como sobre todaotra documental presentada en esta Gerencia por las entidadesaseguradoras y reaseguradoras.
GERENCIA DE INSPECCION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Efectuar tareas de fiscalización para evaluar el cumplimiento de lasnormas vigentes, requiriendo toda la información y analizando ladocumentación de los operadores del mercado asegurador.
ACCIONES
1. Supervisar las fiscalizaciones dispuestas en los Planes deInspecciones, verificando el cumplimiento de los cronogramascorrespondientes.
2. Supervisar las inspecciones no programadas que sean aprobadas por la superioridad.
3. Supervisar la elaboración de los informes de las inspeccionesllevadas a cabo, así como también la confección de las ampliaciones yaclaraciones que requieran la superioridad y las Gerencias para elmejor desempeño de sus cometidos.
4. Informar a la superioridad y a la Gerencia de Evaluación ladetección de elementos que pudieran presumir situaciones deinsolvencia, de ejercicio irregular de la actividad y de todacircunstancia que considere de interés en prevención de comportamientosno compatibles con las disposiciones legales o reglamentarias vigentes.
5. Intervenir en las propuestas de modificaciones a las normas y a losprocedimientos de inspección de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
6. Supervisar las inspecciones sobre los intermediarios en la producción de seguros.
7. Proponer actividades de capacitación y actualización del personal de la Gerencia.
8. Proponer a la superioridad modificaciones a la metodología decontrol e informar periódicamente acerca de los sistemas de trabajoutilizados en las inspecciones.
9. Informar posibles detecciones que hagan presumir actividades de lavado de dinero y/o financiamiento del terrorismo.
GERENCIA DE ESTUDIOS Y ESTADISTICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en el diseño, recopilación, procesamiento, análisis ydifusión de la información estadística y económica necesaria para ladescripción de la situación y evolución del mercado asegurador,mediante la realización de estudios e investigaciones, elaboración deindicadores y aplicación de la metodología estadística que se requiera.
Ejercer la representación del Organismo ante el Sistema EstadísticoNacional (SEN), que coordina el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA YCENSOS (INDEC), organismo desconcentrado actuante en el ámbito delMINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
ACCIONES
1. Entender en las tareas de requerimiento y procesamiento de lainformación necesaria para describir la situación y evolución delmercado asegurador, coordinando, con las Gerencias pertinentes, laconfección de descriptores e indicadores que puedan auxiliarlas en lasrespectivas tareas a su cargo.
2. Proponer la política de información del Organismo, integrando lasnecesidades de las distintas áreas y solicitar a las áreas competentesla adquisición de los instrumentos informáticos necesarios para elprocesamiento de la información.
3. Entender en la preparación del Plan de Estadística de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y sus revisiones anuales.
4. Intervenir en la formulación de las necesidades de información delOrganismo y en la definición de un sistema integral de información.
5. Entender en la confección del Plan de Publicaciones de Estadística sobre la situación y evolución del mercado asegurador.
6. Intervenir en la elaboración de la Memoria Anual del Organismo en materia de estadística del seguro.
7. Representar al Organismo dentro del Sistema Estadístico Nacional(SEN), que coordina el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS(INDEC).
8. Realizar estudios y diseñar modelos que permitan verificar elcomportamiento de las principales características del mercado y de susfactores componentes, a lo largo del tiempo y según categoríasconceptuales o geográficas que sirvan de soporte a la toma dedecisiones y a la definición de las estrategias de control de laSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
9. Entender en el diseño de índices e indicadores del mercadoasegurador y de cada uno de sus componentes (aseguradoras,reaseguradoras, intermediarios, etcétera).
10. Investigar los avances que se produzcan en materia de metodología ymodelos econométricos aplicables en el mercado asegurador.
11. Proponer las actividades de actualización y capacitación del personal en las materias de su competencia.
12. Integrar equipos de trabajo multidisciplinarios e intergerenciales,para el análisis de las futuras actividades de obtención y análisis deinformación y la redefinición de un sistema integral de información delOrganismo.
13. Definir y realizar las tareas de relevamiento y procesamiento de la información necesaria para describir la situación y evolución del mercado asegurador utilizando fuentes básicas de información de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (balances de las aseguradoras, declaraciones juradas, etcétera) o fuentes no convencionales de información (encuestas, registros u otras fuentes internas o externas).
14. Calcular y difundir periódicamente índices e indicadores delmercado asegurador y de cada uno de sus componentes (aseguradoras,reaseguradoras, intermediarios, etcétera), que permitan analizar susituación y evolución.
15. Investigar los avances que se produzcan en materia de metodología ymodelos estadísticos aplicables en el mercado asegurador.
16. Suministrar y difundir a las distintas áreas del Organismoinformación sobre el mercado asegurador y cada uno de sus componentes.
GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en el proceso de autorización de funcionamiento de lasentidades aseguradoras, reaseguradoras y de los intermediarios deseguros y reaseguros y cualquier otra actividad comprendida dentro dela esfera de competencia del Organismo.
Llevar los registros a cargo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LANACION que prescriben las normas legales y reglamentarias vigentes,excepto aquellos que hayan sido expresamente asignados a otrasdependencias.
ACCIONES
1. Intervenir en todos los procesos de autorización de funcionamientode las entidades aseguradoras y reaseguradoras, intermediarios deseguros y reaseguros.
2. Confeccionar y mantener los registros que las leyes y normasreglamentarias de la actividad imponen a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSDE LA NACION, excepto aquellos que fueran específicamente asignadoscomo responsabilidad de otras dependencias.
3. Confeccionar y mantener los legajos de Productores, Compañías, Liquidadores de siniestros y averías, Auditores y Actuarios.
4. Intervenir en las propuestas de modificaciones respecto de lasnormas para la autorización de funcionamiento de entidades y deintermediarios.
5. Entender en el diseño de los contenidos de la currícula y de lasexigencias mínimas de capacitación de productores – asesores de segurosy de los liquidadores de siniestros.
6. Llevar a cabo el proceso de autorización de funcionamiento de lasentidades aseguradoras y reaseguradoras, intermediarios de seguros yreaseguros.
GERENCIA ADMINISTRATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar la gestión administrativa, presupuestaria, contable,económica, financiera y patrimonial del Organismo; como así también lagestión de recursos humanos y servicios generales del mismo.
Entender en todo lo relacionado con la política, planificación,integración y administración de la plataforma informática y decomunicaciones, en el desarrollo de sistemas, la capacitación, el apoyoa los usuarios y la asesoría informática para las unidadesorganizacionales de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y a losusuarios externos.
ACCIONES
1. Asistir a la superioridad en el diseño de la política presupuestaria del Organismo y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Asistir a las distintas Gerencias en la formulación y programaciónde la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyectendurante el ejercicio financiero.
3. Supervisar las registraciones dispuestas por la Ley deAdministración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y entender en larelación con los órganos de control interno y externo.
4. Entender en la administración y control de los recursos vinculadoscon la gestión económica, financiera y patrimonial del Organismo.
5. Realizar todas las acciones necesarias para controlar elcumplimiento de las tributaciones, en el marco de la Ley deAdministración Financiera y de los Sistemas de Control del SectorPúblico Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, elevando de inmediatola información sobre detección de elementos que pudieran presumirsituaciones de insolvencia.
6. Entender en la administración, supervisión, control y registraciónde los fondos de la Caja Compensadora del Seguro Colectivo de VidaObligatorio.
7. Disponer la realización de las verificaciones correspondientes a latasa uniforme, al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio y al Fondo deReserva de la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo y a lascontribuciones obligatorias al Sistema Bomberil Voluntario de laREPUBLICA ARGENTINA regido por la Ley Nº 25.054 y a la AGENCIA NACIONALDE SEGURIDAD VIAL creada por la Ley Nº 26.363.
8. Intervenir en la administración del Fondo de Reserva de la Ley Nº24.557 de Riesgos del Trabajo de acuerdo a lo prescrito por el Artículo34, apartado 2 de dicha ley y ejecutar el plan de inversiones del mismo.
9. Intervenir en la recaudación, control, transferencia y registraciónde las contribuciones obligatorias al Sistema Bomberil Voluntario de laREPUBLICA ARGENTINA regido por la Ley Nº 25.054 y a la AGENCIA NACIONALDE SEGURIDAD VIAL creada por la Ley Nº 26.363.
10. Entender en la supervisión, control, transferencia, registración yrendición de cuentas del Fondo de Indemnización y Crédito para laVivienda para el Personal de la Actividad Aseguradora, Reaseguradora,de Capitalización y de Ahorro y Préstamo para la Vivienda.
11. Entender en los procedimientos de compraventa de bienes, locación de servicios u obras y control patrimonial.
12. Diligenciar e intervenir en el despacho de la documentación queingrese y egrese del Organismo, protocolizando y archivando los actosadministrativos que genera el mismo.
13. Atender la prestación de los servicios generales.
14. Administrar el archivo de toda la documentación de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
15. Coordinar la política, organización, sistemas administrativos einformáticos de recursos humanos y los sumarios administrativosdisciplinarios, esto último con la intervención de la Gerencia deAsuntos Jurídicos.
16. Coordinar la aplicación de los regímenes laborales pertinentes alpersonal del Organismo, selección, capacitación, evaluación dedesempeño y administración del personal.
17. Elaborar los proyectos e intervenir en los asuntos relacionados conlos circuitos administrativos internos y manuales de procedimientos dela SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, de manera previa a suaprobación por parte de la superioridad.
18. Intervenir en los proyectos de los actos administrativos que sevinculan con la competencia del Organismo, en su registro y archivo.
19. Gestionar la publicación de normas y avisos oficiales en el Boletín Oficial y verificar su cumplimiento.
20. Asistir en la fijación de normas y realizar la supervisión, control y registración de la tributación de la tasa uniforme.
GERENCIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el control del adecuado cumplimiento de las leyes y normasrelativas a la prevención del lavado de activos y el financiamiento delterrorismo por parte de las entidades aseguradores, reaseguradoras,intermediarios de seguros y reaseguros y restantes operadores delmercado asegurador argentino.
ACCIONES
1. Entender en la redacción y emisión de la normativa correspondiente a los temas propios de su competencia.
2. Controlar el adecuado cumplimiento de las leyes y normas relativas ala prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismopor parte de las entidades aseguradoras, reaseguradoras, intermediariosde seguros y reaseguros y restantes operadores del mercado aseguradorargentino.
3. Entender en la elaboración del Plan Anual de Inspecciones a lasentidades en materia de prevención del lavado de activos y delfinanciamiento del terrorismo, gestionar su aprobación y controlar suejecución.
4. Reunir los antecedentes para informar a la autoridad competentesobre los casos en que se hayan reportado operaciones inusuales o sinjustificación económica aparente.
5. Analizar las operaciones sospechosas informadas por las distintas áreas del Organismo.
6. Preparar la información relativa a las operaciones inusuales osospechosas a ser reportadas ante la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA(UIF), en los términos de los Artículos 20 y 21 de la Ley Nº 25.246 ysus reglamentaciones y la Resolución Nº 19 de fecha 18 de enero de 2011de la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.
7. Dirigir el proceso de remisión a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA de los reportes de operaciones inusuales o sospechosas.
8. Entender en la formulación del contenido, diseño y actualización delos manuales de procedimiento necesarios para un eficiente cumplimientode sus funciones, gestionar su aprobación y controlar su aplicación.
9. Colaborar en la definición de las Misiones y Funciones relativas ala prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismode todas las áreas del Organismo con competencia en la materia.
10. Entender en la supervisión de las entidades del mercado aseguradoren materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento delterrorismo, considerando para ello las normas legales y administrativasvigentes.
11. Controlar el cumplimiento de la limitación del acceso a losreportes de operaciones inusuales o sospechosas, de conformidad con loprevisto por los Artículos 21, inciso c) y 22 de la Ley Nº 25.246.
12. Archivar y mantener el registro de análisis y gestión de riesgo de las operaciones inusuales o sospechosas reportadas.
13. Implementar las herramientas tecnológicas acordes con el desarrollooperacional de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, que lepermitan establecer de una manera eficaz los sistemas de control y laprevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
14. Intervenir en la elaboración del programa anual de capacitación enmateria de prevención del lavado de activos y del financiamiento delterrorismo y controlar su ejecución.
15. Asistir a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA cuando se requiera la colaboración del Organismo.
16. Entender en el diseño de las políticas y procedimientos desupervisión in situ y extra situ de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROSDE LA NACION en materia de prevención del lavado de activos y delfinanciamiento del terrorismo.
17. Colaborar en la implementación de los procedimientos necesariospara garantizar la plena vigencia y aplicación de la regla conozca asu empleado de conformidad con el alcance asignado en la normativaaplicable.
18. Proponer a la superioridad la imposición de las sanciones previstasen la Ley Nº 20.091 cuando así correspondan en materia de sucompetencia.
19. Entender en la relación de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LANACION con otros Organismos locales e internacionales en aspectosrelacionados a la prevención del lavado de activos y del financiamientodel terrorismo.
20. Establecer los objetivos de la Gerencia para cada ejercicio,formular el plan anual de trabajo de acuerdo con los objetivosestablecidos, controlar su implementación e informar sobre sucumplimiento.
21. Asesorar a la superioridad en los temas de su competencia.
ANEXO III
NIVEL
UNIDAD
EENIVEL ANIVEL BNIVEL CNIVEL DNIVEL ETOTALGERENCIA ADMINISTRATIVA021820301181GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS02105319488GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS01669224GERENCIA DE ESTUDIOS Y ESTADISTICAS032142324GERENCIA DE EVALUACION018167133GERENCIA DE INSPECCION01102510046GERENCIA DE PREVENCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO01644419GERENCIA TECNICA Y NORMATIVA021187230UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA10722012UNIDAD SUPERINTENDENTE21453318TOTAL GENERAL314821539330375