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Ley 12.116
Ley 12.116
Eximiéndose del pago de los impuestos de Ingresos Brutos y de Sellos a las empresas Fujita Corporation y Tawara Construcciones S.A.
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de
LEY
Art. 1º – Exímese a la empresa constructora japonesa Fujita Corporation y a la subcontratista Tawara Construcciones S.A. -en el marco de lo establecido por el Decreto Ley Nacional 22.479/81, aprobatorio del convenio de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de Japón y en virtud del Acuerdo por canje de Notas Reversales entre ambas naciones del día 23 de junio de 19- de las siguientes obligaciones impositivas, derivadas exclusivamente de la ejecución del proyecto para la construcción del edificio del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, ubicado en la ciudad de Mar del Plata.
a) Pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los ingresos totales provenientes de la realización de la obra.
b) Pago del Impuesto de Sellos, correspondiente a los actos, contratos u operaciones celebrados o a celebrarse con motivo de la ejecución de la obra.
Art. 2º – Invítase a la Municipalidad de General Pueyrredón a adoptar medidas de idéntico alcance a las dispuestas en el artículo anterior, haciendo extensivos los beneficios impositivos por obligaciones tributarias de carácter local que pudieran corresponder.
Art. 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
RAFAEL EDGARDO ROMA
Presidente H. Senado
José Luis Ennis
Secretario Legislativo H. Senado
FRANCISCO J. FERRO
Presidente H. Cámara Diputados
Juan Carlos López
Secretario Legislativo H. Cámara Diputados
DECRETO 1.886
La Plata, 17 de junio de 1998
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y «Boletín Oficial» y archívese.
DUHALDE
J. M. Díaz Bancalari
REGISTRADA bajo el número DOCE MIL CIENTO DIECISEIS (12.116).
R. M. Citara
Cita digital del documento: ID_INFOJU81316