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Decreto Nº 553/2003
MINISTERIO DEL INTERIOR
Apruébanse contrataciones de la citada Jurisdicción.
Bs.A., 7/8/2003
VISTO el Expediente Nº 005826/2003 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, los Decretos Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001, Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 601 del 11 de abril de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto Nº 491/ 02 y su similar Reglamentario Nº 601/02, se ha establecido que todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, serán efectuadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el artículo 6º del Decreto Nº 601/02 establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR ha elevado las propuestas de renovaciones y contrataciones de personal, en el marco del régimen aprobado por el Decreto Nº 1184/ 01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Jurisdicción.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que las personas cuya contratación se propone reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas que en cada caso se indican.
Que se dio cumplimiento a la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Apruébase la contratación para el MINISTERIO DEL INTERIOR de las personas que se detallan en las planillas que, como Anexos I y II, forman parte integrante del presente Decreto, por el período y montos mensuales indicados en los mismos.
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 30 MINISTERIO DEL INTERIOR .
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.Fernández.
NOTA:Este Decreto se publica sin Anexos.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72177