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Decreto 1909/2004
SERVICIO EXTERIOR
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Dase por nombrado en misión permanente Agregado Naval a la Embajada en la República del Paraguay y Jefe de la Misión Naval Argentina de Instrucción en ese país.
Bs.As., 22/12/2004
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1624, de fecha 7 de diciembre de 2001, fue nombrado a partir del 31 de enero de 2002, en misión permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, el señor Capitán de Navío de Infantería de Marina Dn.Alejandro Luis CHIARUTTINI (M.I.N° 8.333.643), para desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA DEL PARAGUAY y Jefe de la Misión Naval Argentina de Instrucción en ese país.
Que resultó necesario para la ARMADA ARGENTINA proceder al relevo del oficial superior mencionado, una vez finalizada su comisión y designar su correspondiente reemplazo.
Que dicho relevo se encontraba contemplado en la Resolución Conjunta N° 1065, del MINISTERIO DE DEFENSA y N° 3135, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de fecha 11 de noviembre de 1999 y sus modificatorias.
Que en consecuencia se debió tener presente lo establecido en el artículo 14, incisos a) y b) de la citada resolución.
Que la medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y del artículo 10, de la Ley N° 20.957, del Régimen del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por nombrado en misión permanente y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, a partir del 1 de marzo de 2004, al señor Capitán de Navío Infantería de Marina Dn.Gustavo Eladio ARDUSSO (M.I.N° 11.892.118), para desempeñarse como Agregado Naval a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA DEL PARAGUAY y Jefe de la Misión Naval Argentina de Instrucción en ese país.
ARTICULO 2° Convalídase los gastos que demandó el cumplimiento del presente Decreto, debiendo imputarse a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional Ejercicio 2004 Jurisdicción 4522 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.
ARTICULO 3° Convalídase la liquidación de los montos efectuada por el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (Contraloría General Naval) en conceptos de compensación por cambio de destino y el equivalente al trimestre de los sueldos y emolumentos que le corresponda, conforme lo establecido en el artículo 2417 de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad) capítulo IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar N° 19.101, aprobada por Decreto N° 3294, del 29 de diciembre de 1978 y modificada por su similar N° 1003, del 29 de abril de 1983 y Decretos N° 1202, del 22 de junio de 1990 y N° 2193 del 18 de octubre de 1990 y posteriormente efectuará los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.
ARTICULO 4° Convalídase el otorgamiento del correspondiente pasaporte por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL.
ARTICULO 5° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
KIRCHNER. José J.B.Pampuro. Rafael A.Bielsa.
Cita digital del documento: ID_INFOJU73164