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LEY 18967
COMPRE NACIONAL
CONTRATACIONES DEL ESTADO
Compre Nacional. Convenios celebrados por la Dirección Nacional de Vialidad. Exclusión
sanc. 31/3/1971; promul. 31/3/1971; publ. 7/4/1971
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1. Exclúyese del régimen de la ley 18875 los convenios 205/OC-AR y 280/SF-AR celebrados entre la Dirección Nacional de Vialidad y el Banco Interamericano de Desarrollo y ratifícase el decreto 644/1971 por el cual se aprobaran dichos convenios.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Lanusse Ferrer
Cita digital del documento: ID_INFOJU82114