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Decreto Nº 672/2003
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Danse por prorrogadas las designaciones con carácter transitorio de Director Nacional de Asistencia Comunitaria del citado Ministerio, de Director de Administración de Personal y Coordinadores de Gestión Técnico Administrativa y de Mesa de Entradas, Despacho y Protocolo, en la Subsecretaría de Coordinación; de Director de Regularización Dominial, en la Comisión Nacional de Tierras FiscalesPrograma Arraigo; Director de Comunicación Institucional, en la Secretaría de Comunicación Social; de Coordinador de Programas Alimentarios y Directores de Asistencia Técnica y Capacitación y de Promoción del Desarrollo Social y Productivo, en la Secretaría de Políticas Sociales, y Director Nacional de Juventud, en la Secretaría de Desarrollo Humano y Familia.
Bs.As., 26/8/2003
VISTO la Ley N° 25.725, los Decretos Nros.993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), 491 del 12 de marzo de 2002, 1300 del 22 de julio de 2002, 2218 del 4 de noviembre de 2002, la Resolución N° 904 del 1 de agosto de 2002, y lo solicitado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2003.
Que el artículo 18 de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1° de enero de 2003, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 48 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por el Decreto N° 1300/02 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y la segunda apertura por la Resolución MDS N° 904/02.
Que mediante Decreto N° 2218/2002, se designó con carácter transitorio en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a diversas personas en cargos con Funciones Ejecutivas.
Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a que se refiere el artículo 2° del Decreto premencionado, y no habiéndose efectuado las correspondientes convocatorias a los procesos de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de diversos agentes, conforme las directivas emanadas de la Señora Ministro de Desarrollo Social.
Que dichas coberturas se hacen exceptuándolas de lo establecido en el artículo 18 de la citada Ley y de lo dispuesto por el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995).
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 18 y 48 de la Ley N° 25.725 y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Danse por prorrogadas, en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a partir del 29 de julio de 2003, las designaciones transitorias de los agentes que se consignan en el Anexo I, que fueran dispuestas por Decreto N° 2218/2002, conforme el detalle obrante en el mismo.
Las prórrogas de las designaciones en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995), y a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley N° 25.725.
Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto N° 993/91 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir 29 de julio de 2003.
ARTICULO 2° Danse por prorrogadas, a partir del 29 de julio de 2003 y hasta el 20 de octubre de 2003, las designaciones transitorias de los agentes que se consignan en el Anexo II, que fueran dispuestas por Decreto N° 2218/2002, conforme el detalle obrante en el mismo.
Las prórrogas de las designaciones en los cargos aludidos se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I, II y III y Título VI, artículo 71 primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 (T.O.1995), y a lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley N° 25.725.
ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 85 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Alicia M.Kirchner.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72271