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JURISPRUDENCIASuspensión del juicio oral. Rechazo de la pretensión
Se suspendió el trámite de la queja deducida contra el pronunciamiento que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad.
Buenos Aires, 28 de junio de 2016
Vistos: los autos indicados en el epígrafe
Resulta
1. Como surge de la resolución anterior de este Tribunal (fs. 76/77), Walter José Morandi -junto con su letrado defensor, Dr. Juan A. Sanguinetti- interpuso recurso de queja (fs. 1/2) contra el pronunciamiento de la Sala III (fs. 8/9) que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad agregado a fs. 19/22. Allí se cuestionaba la resolución de la Sala que había declarado inadmisible el recurso de apelación presentado, a su turno, contra la decisión dictada por el juez de grado en cuanto hizo lugar, para el debate oral y público, a la declaración testimonial de los señores Daniel Raúl Padin, Raquel Alejandra Lyons, María Ángela Gualtieri y José Osvaldo Rodríguez (fs. 25/26).
2. El Fiscal General Adjunto, al tomar intervención, consideró que el Tribunal debía rechazar la queja porque entendió que ella no se dirigía a impugnar una sentencia definitiva o equiparable a tal (fs. 69).
3. El recurrente solicitó que “se ordene suspender el juicio oral ordenado” (fs. 70), solicitud que fue rechazada por este Tribunal el día 25/11/15.
4. Una vez que las actuaciones se encontraban en estado de ser resueltas (fs. 80), el Tribunal solicitó a la Sala III de la Cámara del fuero la remisión de los autos principales correspondientes a esta queja, recibiéndose copias certificadas de ellos.
Fundamentos
Los jueces José Osvaldo Casás y Alicia E. C. Ruiz dijeron:
Toda vez que de las copias certificadas del legajo de juicio n° 5708-02-00/13 surge que con fecha 02/11/15 el juez de grado resolvió suspender el juicio a prueba respecto de Walter José Morandi por el término de un año (fs. 43/44), corresponde suspender el trámite de la queja, sin perjuicio de que -de volver a cobrar actualidad los agravios expuestos por el recurrente- pueda proseguirse con el trámite de la vía recursiva iniciada oportunamente, solicitar al Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas n° 18 que comunique a este Tribunal toda novedad de interés para la continuación del trámite de la queja interpuesta ante estos estrados y reservar en la Secretaria actuante el incidente formado a raíz de la presente queja.
Así lo votamos.
El juez Luis Francisco Lozano dijo:
El juez de primera instancia resolvió suspender el juicio a prueba respecto del Sr. Morandi por decisión que se halla firme (cf. fs. 43/44 vuelta del legajo de juicio n° 5708-02-00/13). En estas condiciones, coincido con los Dres. Casás y Ruiz en que corresponde suspender el trámite de la queja agregada a fs. 1/3.
Por ello, habiendo tomado la intervención que compete al Fiscal General Adjunto,
el Tribunal Superior de Justicia
resuelve:
1. Suspender el trámite de la queja interpuesta.
2. Solicitar al titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 18 que informe al Tribunal toda novedad que considere de interés para la continuación del trámite de la queja incoada ante este estrado. A tal fin, líbrese oficio con copia de la presente resolución.
3. Mandar que se registre y se notifique.
Las juezas Inés M. Weinberg y Ana María Conde no firman por encontrarse en uso de licencia.
012598E
Cita digital del documento: ID_INFOJU115906