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JURISPRUDENCIARecálculo del haber inicial. Movilidad de la prestación. Retiro por invalidez. Ley 24.241
En el marco de un juicio de reajustes varios, en el que se cuestiona el recálculo del haber inicial y movilidad de la prestación, se confirma la sentencia apelada.
Rosario, 29 de noviembre de 2017.-
Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 13012929/2011 caratulado “MEDICI, JUAN ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario),
Y considerando que:
La materia debatida se centra en el recálculo del haber inicial y movilidad de la prestación.
Analizando las circunstancias de autos se advierte que el actor obtuvo su beneficio de retiro por invalidez al amparo de la ley 24.241.
La cuestión a resolver es sustancialmente análoga a la tratada por esta sala -con otra integración- en los autos Nº FRO 23013425/2011, caratulado: “BARCELO ANTONIO c/ ANSES s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD” y que fue resuelta mediante Acuerdo de fecha 13 de mayo de 2015, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente al caso, corresponde remitirnos por razones de brevedad y economía procesal (ver www.cij.gov.ar/sentencias). En el mismo sentido falló la Sala B de esta Cámara en los autos FRO 53000839/2010 caratulado “MACHUCA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/ REAJUSTE POR MOVILIDAD” mediante acuerdo de fecha 01 de julio de 2016.
Por lo expuesto, Se Resuelve:
I- Confirmar la Sentencia de fecha 2 de junio de 2016 en los términos del considerando precedente, con costas por su orden (art. 21 de la ley
24.463). II- Insértese, hágase saber, comuníquese en la C.S.J.N. y oportunamente devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
FERNANDO LORENZO BARBARÁ
JUEZ DE CAMARA
JORGE SEBASTIAN GALLINO
JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE
JOSE GUILLERMO TOLEDO
JUEZ DE CAMARA
Ante mi
Milagros Cabal
Secretaria
En fecha 30/11/17 se libró notificación electrónica a las partes. Conste.-
Milagros Cabal
Secretaria
025851E
Cita digital del documento: ID_INFOJU120480