Oponibilidad a la víctima de la exclusión de cobertura por falta de licencia de un menor

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que la cláusula de exclusión de cobertura por falta de licencia de conducir de un menor de edad que aún no contaba con la edad mínima para conducir vehículos en la vía pública establecida por el artículo 11, inciso b, de la Ley Nacional de Tránsito n° 24.449, es oponible al damnificado.

En ese orden, cuestionó el fallo de la cámara que al declarar inoponible a la actora la cláusula de exclusión de cobertura prevista en un contrato sujeto al contralor de la Superintendencia de Seguros de la Nación, soslayó la norma de la Ley Nacional de Tránsito n° 24.449 que dispone una inhabilitación para conducir, lo que no resulta admisible y configura una causal de arbitrariedad, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal.

En consecuencia, revocó la sentencia y ordenó dictar un nuevo fallo.

Fallo completo:

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU146257