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 Boletín Oficial 23/08/02 RADIODIFUSION Ley 25.636 – (PLN) Dispónese que todas las radiodifusoras y cadenas de televisión nacionales comiencen sus emisiones con la transmisión del Himno Nacional Argentino.

Sancionada: Agosto 1 de 2002

Promulgada: Agosto 22 de 2002

El Senado y Cámara de Diputadosde la Nación Argentina reunidos en Congreso,etc. sancionan con fuerza deLey:

ARTICULO 1º – Establecer que todas las radiodifusorasy cadenas de televisión nacionalesque hayan obtenido su correspondiente licencia,comiencen sus emisiones con la transmisión delHimno Nacional Argentino.

ARTICULO 2º – En aquellas difusoras queoperen en forma continuada las veinticuatro horas,el himno lo deberán emitir a partir de la cero(0) hora del nuevo día.

ARTICULO 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESOARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A UNDIA DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MILDOS.

REGISTRADA BAJO EL Nº 25.636

EDUARDO O. CAMAÑO. JUAN C. MAQUEDA. Juan Estrada. Juan C. Oyarzún.

Decreto 1548/2002

Bs. As., 22/8/2002

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 25.636 cúmplase,comuníquese, publíquese, dése a la DirecciónNacional del Registro Oficial y archívese.

DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Jorge R. Matzkin.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU72482