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Buenos Aires, 04 de junio de 1998
Buenos Aires, 04 de junio de 1998.-
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º – Condónase la deuda impositiva que, por todo concepto, mantiene la Asociación Israelita Argentina Pro-Arte I.F.T., por el pago de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley Nº 23.514, del inmueble sito en la calle Boulogne Sur Mer 547/9/53.
Artículo 2º – Comuníquese, etc.
ANÍBAL IBARRA
MIGUEL ORLANDO GRILLO
LEY N° 36
Sanción: 04/06/98
Promulgación: Decreto N° 1284/98 del 07/07/98
Publicación: BOCBA N° 488 del 17/07/98
Cita digital del documento: ID_INFOJU80969