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DECRETO 1377/1973
COMERCIO EXTERIOR
Aceite de uva. Derecho de exportación. Eliminación
del 21/2/1973; publ. 1/3/1973
Visto el expte. 350.719/72 del registro del Ministerio de Comercio, y
Considerando:
Que resulta aconsejable rever el tratamiento que en materia de derechos de exportación se aplica al aceite de uva.
Que a tal fin es conveniente proceder a la eliminación del derecho de exportación establecido por decreto 1579/1972 .
Que la medida propuesta encuadra en las políticas nacionales 67, 108, y 111.
Que la ley 19370 modificada por la ley 19502 faculta al Poder Ejecutivo nacional a reducir o suprimir los derechos de exportación.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Redúcese al cero por ciento (0%) el derecho de exportación fijado por el decreto 1579/1972 para la exportación del producto comprendido en el siguiente ítem de la Nomenclatura de Exportación: 15 07 12 03 Aceite de uva.
Art. 2.– La medida dispuesta por el artículo precedente se aplicará para las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Lanusse – García – Lanusse – Wehbe
Cita digital del documento: ID_INFOJU85820