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Decreto 676/2005

RADIODIFUSION
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Sustitúyese la asignación de frecuencia que le fuera autorizada a la Universidad Nacional de Mar del Plata.

Bs.As., 16/6/2005
VISTO el expediente Nº 639/04 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, el Decreto 482/89, y CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se relacionan con la implementación del Régimen de Normalización de Estaciones de Frecuencia Modulada en la provincia de BUENOS AIRES y la planificación elaborada por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, para la ciudad de MAR DEL PLATA a los fines de encontrar solución a las denominadas zonas de conflicto.

Que en tal sentido, el referido organismo técnico en virtud de los estudios efectuados en forma conjunta con el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, tendientes a la optimización del Plan Técnico Básico Nacional de Frecuencia Modulada, propuso la modificación del canal del servicio que le fuera autorizado en el artículo 6º del Decreto Nº 482/89, a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA por el canal 239, frecuencia 95.7 MHz.

Que la citada UNIVERSIDAD NACIONAL prestó conformidad a la propuesta de modificación precedentemente aludida.

Que el artículo 27 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias dispone que se podrán variar las frecuencias y las potencias adjudicadas a los servicios de radiodifusión en caso de necesidad motivada por requerimientos del Plan Nacional de Radiodifusión.

Que por lo expuesto, corresponde proceder a la modificación de los parámetros originariamente asignados a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA.

Que el servicio jurídico permanente del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 99, inciso 1º de la Constitución Nacional, y las disposiciones de los artículos 3º y 27 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Sustitúyese la asignación que le fuera autorizada a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA, en la ciudad de MAR DEL PLATA, provincia de BUENOS AIRES, en el artículo 6º del Decreto Nº 482/89, asignándosele el canal 239, frecuencia 95.7 MHz, categoría C.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Alberto A.Fernández.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU76067