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DECRETO 1661/1987
REMUNERACIONES
Personal de la Secretaría de Salud. Adicional por función S.C.D. Incorporación
del 15/10/1987; publ. 29/10/1987
Visto el decreto 2588 , de fecha 30 de diciembre de 1986, y
Considerando:
Que de acuerdo con las disposiciones del decreto 2193/1986 , el Adicional por Función S.C.D. es absorbido por el adicional por reestructuración en las condiciones previstas en el art. 7 de dicho acto.
Que los objetivos y alcances señalados en el anexo I del decreto 2588/1986 , tienen como fin tratar al personal que revista en la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social en un marco de equidad que corrija las desigualdades observadas en materia de remuneraciones.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial para el Sector Público ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Incorpórase al anexo I del decreto 2588/1986 , modificatorio del anexo I del decreto 1893/1983 , el detalle de Funciones S.C.D. – ap. 5, que se detalla en el anexo I que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2.– Déjase establecido que la incorporación dispuesta por el presente decreto sólo será de aplicación al personal que revista en cargos de la planta permanente del Agrupamiento S.C.D. de la Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social.
Art. 3.– Al personal que por el presente decreto se incorpora al régimen establecido por el decreto 1893/1983 , se le aplicará a todos los efectos por homologación, el decreto 2588 de 1986 y normas complementarias.
Art. 4.– Establécese que la presente medida no demandará refuerzos de crédito y será atendida con el crédito del inc. 11 – Gastos en Personal de la Jurisdicción 31 – del presupuesto vigente.
Art. 5.– Comuníquese, etc.
Alfonsín – Barrios Arrechea – Sourrouille – Brodersohn
Anexo I
APARTADO 5
DETALLE DE FUNCIONES
Función]]>Función
AGP
Cat.
Hs
QEO
Implementador mayor y programador mayor
SCD
17
40
0.01
Analista S.C.D. mayor
SCD
18
40
0.02
S.C.D.
SCD
19
40
0.01
Jefe de sección
SCD
20
40
0.03
Jefe de división
SCD
21
40
0.03
Jefe de departamento y jefe de centro de apoyo
SCD
22
40
0.02
Subdirector
SCD
23
40
0.01
Director
SCD
24
40
0.01
Cita digital del documento: ID_INFOJU86475