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DECRETO 2297/2002

AEROPUERTOS

Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos. Comisión de Renegociación. representante de las asociaciones de usuarios. Incorporación

del 12/11/2002; publ. 18/11/2002

Visto el decreto 1535/2002 y su modificatorio 1622/2002 , y

Considerando:

Que mediante el decreto citado en primer término se constituyó la comisión a los efectos de llevar a cabo la renegociación del contrato de concesión celebrado entre el Estado nacional y el consorcio Aeropuertos Argentina 2000 S.A. aprobado por decreto 163/1998 .

Que dicha Comisión se encuentra integrada por un (1) representante de la Jefatura de Gabinete de Ministros, un (1) representante de la Secretaría Legal y Técnica de la presidencia de la Nación, un (1) representante de la Procuración del Tesoro de la Nación y un (1) representante del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (O.R.S.N.A.).

Que tal como se desprende de los fundamentos del aludido decreto 1535/2002 , la participación que a los usuarios les acuerda el art. 42 de la Constitución de la Nación Argentina, quedó garantizada en el proceso de renegociación que nos ocupa, con la participación en la citada Comisión del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (O.R.S.N.A.) en el cual están representados los mencionados usuarios.

Que no obstante ello, la sala IV de la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo contencioso administrativo federal en los autos caratulados: “Asociación Civil de Defensa paut c/O.R.S.N.A. s/inc. medida cautelar decreto 163/1998 ”, resolvió que no se continúe con la tramitación de la renegociación del contrato de concesión celebrado por el Estado nacional con Aeropuertos Argentina 2000 S.A. aprobado por decreto 163/1998 hasta tanto se asegure la debida participación de los usuarios del servicio de aerotransporte.

Que en virtud de dicho pronunciamiento, resulta menester instrumentar la incorporación de un representante de las asociaciones de consumidores y usuarios que se encuentren reconocidas ante el referido órgano regulador, en el seno de la citada comisión, aclarando de esta forma cualquier duda que pueda generarse sobre el particular.

Que teniendo en cuenta que el procedimiento licitatorio que culminó con la suscripción del contrato de concesión aprobado por el decreto 163/1998 , tramitó en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, corresponde que el Jefe de Gabinete de Ministros efectúe la pertinente designación.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades previstas por el art. 99 , inc. 1 de la Constitución de la Nación Argentina.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Las asociaciones de usuarios que se encuentren reconocidas ante el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (O.R.S.N.A.) y que conforman su Consejo Asesor, integrarán la Comisión de Renegociación creada por el decreto 1535/2002 a través de un (1) representante que será designado por el jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta del presidente del referido organismo regulador.

El representante aludido precedentemente tendrá plena participación en el proceso de renegociación del contrato de concesión aprobado por el decreto 163/1998 .

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Duhalde – Atanasof – Lavagna

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU87334