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DECRETO 3184/1967
POLICÍA
Ley Orgánica de la Policía Federal. Reglamentación. Modificación
del 11/05/1967; publ. 29/05/1967
Visto el expte. 76.543 del año 1967, en el cual la Policía Federal, solicita la modificación parcial del art. 322 de la reglamentación de su ley orgánica, en la versión que le diera el decreto 5456/1964; y
Considerando:
Que la citada norma establece los derechos del personal que sea destinado a prestar servicios en el interior del país o se le designe para desempeñar comisiones por más de seis meses.
Que entre esos derechos se concede orden de carga para automóvil o a elección del interesado, vales de nafta a razón de veinte litros cada cien kilómetros.
Que la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales no otorga mas vales de nafta a la Policía Federal.
Que es necesario mantener la franquicia referida, adecuándola a esa circunstancia, en cuyo mérito corresponde sustituir la entrega de vales por la suma equivalente al precio de dicho combustible.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Modifícase el ap. 3 del inc. 1) del art. 322 de la Reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal (decreto 6580/1958), reformado oportunamente por el decreto 5456/1964 , que quedará redactado de la siguiente forma:
3. Orden de cargo o la suma equivalente en nafta a razón de veinte (20) litros cada cien (100) kilómetros para su automóvil, según lo prefiera. De elegir lo último, a su presentación al lugar de destino deberá efectuar la rendición respectiva a la Dirección de Administración, por intermedio de la División Delegaciones.
Art. 2.– El presente decreto será refrendado por el ministro del Interior y firmado por el secretario de Estado de Gobierno.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
Onganía – Borda – Díaz Colodrero
Cita digital del documento: ID_INFOJU88125