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DECRETO 323/1982
PODER EJECUTIVO
Obra pública. Adquisición de materiales, maquinarias y mobiliario. Delegación de facultades en el Ministerio de Economía
del 10/2/1982; publ. 15/2/1982
Considerando:
Que como consecuencia de la derogación de la ley 22456 , en virtud de la cual se dictó el decreto 112 del 22 de abril de 1981, por el que se delegaron en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos las facultades y obligaciones determinadas por el art. 2 de la ley 13064 , corresponde dictar la norma atributiva de competencia de dicho departamento de Estado.
Que de conformidad con las previsiones del art. 9 de la ley 22520 , mediante decreto 22 de fecha 22 de diciembre de 1981, se han creado las secretarías y subsecretarías que integrarán el aludido Ministerio.
Que es conveniente por otra parte, que el ministro de Obras y Servicios Públicos pueda a su vez delegar en los secretarios de su área las funciones de que se trata.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Deléganse en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación, de acuerdo con lo previsto por el art. 2 de la ley 13064 las facultades y obligaciones determinadas por la misma para la ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública y para las adquisiciones de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas.
Art. 2. Autorízase al ministro de Obras y Servicios Públicos a delegar las facultades de que se trata en los secretarios de su jurisdicción.
Art. 3. Derógase el decreto 112 de fecha 22 de abril de 1981.
Art. 4. Comuníquese, etc.
Galtieri Martini
Cita digital del documento: ID_INFOJU88149