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DECRETO 1351/1974

COMERCIO EXTERIOR

Exportación promocionada. Régimen. Incorporación de productos

del 5/11/1974; publ. 12/11/1974

Visto los decretos 5062/1971 y 5556/1971 , y

Considerando:

Que las normas allí aludidas tienden a estimular las exportaciones de aquellos productos que cuenten con un mayor valor agregado, como así también propender a la diversificación de los mercados exteriores.

Que la inclusión dentro del régimen de productos promocionados del decreto 5062/1971 y sus modificatorios, da un corte nuevo de carne vacuna enfriada y/o congelada que es demandada por los mercados en el exterior.

Que la medida está ampliamente justificada por cuanto la mercadería aludida proviene de dos cortes que ya se encuentran promocionados individualmente, a saber: Los bifes anchos por decreto 5062/1971 y los bifes angostos sin lomo, sin cordón y sin filete por decreto 5556/1971 .

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Incorpórase a la nómina de productos de exportación promocionada anexa al decreto 5062/1971 y sus modificatorios, los productos que se detallan a continuación:

02 01 01 11 En trozos desosados.

III. Combinación de cortes de cuartos delantero y trasero:

Bife angosto sin lomo, con o sin cordón, con o sin filete, con 5 costillas del cuarto delantero recortado, en un trozo.

02 01 01 23 En trozos desosados.

III. Combinación de cortes de cuartos delantero y trasero:

Bife angosto sin lomo, con o sin cordón, con o sin filete, con 5 costillas del cuarto delantero recortado, en un trozo.

Art. 2.– Las medidas dispuestas precedentemente se aplicarán a las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín de la Administración Nacional de Aduanas.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Martínez de Perón – Gómez Morales

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU85762