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DECRETO 508/2002

OBRAS SOCIALES

Instituto de Obra Social del Ejército. Estatuto orgánico. Organización, gobierno y administración. Modificación

del 15/3/2002; publ. 18/3/2002

Visto lo informado por el jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por el ministro de Defensa, y

Considerando:

Que el Instituto de Obra Social del Ejército (I.O.S.E.) es una entidad autárquica, que depende en cuanto a su fiscalización, control y conducción, del jefe del Estado Mayor General del Ejército, de acuerdo con lo establecido por el art. 1 de la ley 18683.

Que el art. 7 del Estatuto Orgánico del referido instituto, dispone que el cargo de director general sea desempeñado por un oficial superior del ejército, en el grado de general, en actividad o retiro, en este caso rentado.

Que, por su parte el art. 8 del citado estatuto prevé que, en caso de ausencia o vacancia, el director general será reemplazado por el subdirector general para ejercer todas sus atribuciones y deberes, asumiendo la complejidad de múltiples actividades inherentes a la jerarquía del grado de general.

Que, a su vez, el art. 16 del citado estatuto, determina que el cargo de subdirector general sea desempeñado por un oficial superior del ejército en el grado de coronel en actividad.

Que la apuntada limitación, unida a las características propias de la carrera militar en materia de rotación de cargos, no siempre permite contar con un grado de permanencia en las funciones que favorezca la mejor administración y gobierno de la institución.

Que en virtud de ello, en las actuales circunstancias resulta conveniente que la designación para el cargo de subdirector del I.O.S.E. no se circunscriba a un oficial superior en el grado de coronel en actividad, sino que la misma pueda recaer en un oficial superior, tanto en actividad como en situación de retiro.

Que contar con mayor flexibilidad, posibilitará designar sin limitaciones, a la persona más idónea, permitiendo dar continuidad y estabilidad a la conducción del I.O.S.E., como así también la planificación a largo plazo, con la consecuente optimización del gerenciamiento y mejora del sistema.

Que corresponde al Poder Ejecutivo nacional dictar la pertinente modificación del art. 16 del Estatuto Orgánico del Instituto de Obra Social del Ejército, decreto 2239/1970 , en virtud de las facultades conferidas por el art. 3 de la ley 18683.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1 Sustitúyese el art. 16 del decreto 2239/1970 por el siguiente:

Art. 16.– El cargo de subdirector general del Instituto de Obra Social del Ejército, deberá ser desempeñado por un oficial superior del ejército, en actividad o retiro, en su caso rentado. Reemplazará al director general en caso de ausencia o vacancia del cargo, ejercitando todas sus facultades y estando sometido a sus mismos deberes, incluido también el cargo de presidente del directorio, con arreglo a lo establecido en el art. 8 . Fuera de dichos casos desempeñará las funciones que le fija el reglamento Interno, o las que el director general le delegue.

Art. 2 Comuníquese, etc.

Duhalde – Capitanich – Jaunarena

 

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU88877