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Decreto Nº 551/2003
PRESIDENCIA DE LA NACION
Dase por incluido al Director General de Acción de Gobierno de la Subsecretaría General, con carácter de excepción, en los beneficios acordados por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios.
Bs.As., 7/8/2003
VISTO el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por el acto citado se establece la compensación por mayores gastos en que incurran los funcionarios que sean convocados para cumplir funciones de nivel político en el PODER EJECUTIVO NACIONAL y que tengan residencia permanente en el interior del país a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones.
Que por el Decreto Nº 423 de fecha 25 de julio de 2003, se designó como Director General de Acción de Gobierno de la SUBSECRETARIA GENERAL de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION al señor Rafael Enrique FOLLONIER.
Que el funcionario nombrado en el párrafo anterior no se desempeña en un cargo al que se refiere el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios, no obstante y dada la importancia de las tareas que desempeña, amerita asignarle dicha compensación.
Que el mencionado funcionario ha acreditado su domicilio en la Provincia de La Pampa, por medio de su documento de identidad y certificado de domicilio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1º de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Dase por incluido, con carácter de excepción en los beneficios acordados por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorias y complementarios, a partir de la fecha de posesión del cargo y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de sus funciones al Director General de Acción de Gobierno de la SUBSECRETARIA GENERAL de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, señor Rafael Enrique FOLLONIER (D.N.I.Nº 7.369.339).
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 2001 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72175