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Decreto 2031/2004
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Dase por designado un Vocal del Consejo Directivo del citado Instituto, en representación de las Facultades de Agronomía de las Universidades Nacionales.
Bs.As., 30/12/2004
VISTO el Expediente N° 121.141/2004 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO se da cuenta de la necesidad de cubrir el cargo de Vocal del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en representación de las FACULTADES DE AGRONOMIA de las UNIVERSIDADES NACIONALES.
Que con fecha 29 de octubre de 2004 finalizó el mandato del Ingeniero Agrónomo D.Omar José María LOSARDO, M.I.N° 12.830.146, que fuera designado por Decreto N° 830 del 30 de septiembre de 2003, para completar un período de ley en representación de las mencionadas facultades.
Que la ASOCIACION UNIVERSITARIA DE ENSEÑANZA AGROPECUARIA SUPERIOR (AUDEAS), propicia la designación del Ingeniero Agrónomo D.Omar José María LOSARDO, para ocupar dicho cargo por un nuevo período de ley de CUATRO (4) años.
Que el Ingeniero Agrónomo D.Omar José María LOSARDO cuenta con antecedentes personales y profesionales que lo habilitan para el cumplimiento de las tareas que le serán encomendadas.
Que la medida que se propicia es a fin de dar continuidad a la labor del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA y de no afectar las representaciones que hacen a su integración.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente decreto se dicta conforme a las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, la Ley N° 25.641, el Artículo 6° del Decreto Ley N° 21.680 del 4 de diciembre de 1956 y sus modificaciones, el Artículo 3° del Decreto N° 287 del 3 de marzo de 1986 y el Artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Dase por designado como Vocal del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, ente autárquico actuante en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en representación de las FACULTADES DE AGRONOMIA de las UNIVERSIDADES NACIONALES, para cumplir un período de ley de CUATRO (4) años, a partir del 30 de octubre de 2004, al Ingeniero Agrónomo D.Omar José María LOSARDO (M.I.N° 12.830.146).
ARTICULO 2° Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Roberto Lavagna.
Cita digital del documento: ID_INFOJU77655