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Decreto Nº 450/2004

PERSONAL MILITAR

Desígnase en comisión “permanente” Agregado de Defensa y Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada en los Estados Unidos Mexicanos.

Bs.As., 6/4/2004

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto N° 1276 del 11 de octubre de 2001, fue designado en comisión “permanente”, a partir del 16 de diciembre de 2001 y por el término de SETECIENTOS NOVENTA (790) días, el Coronel de Ingenieros D.Horacio Fernando LAURIA (L.E.N° 7.823.890) a fin de desempeñarse como Agregado de Defensa y Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Que, a los efectos de reemplazar al Coronel de Ingenieros D.Horacio Fernando LAURIA (L.E.N° 7.823.890) al finalizar su función, es necesario designar en comisión “permanente”, a partir del 16 de enero de 2004 y por el término de SETECIENTOS SESENTA Y UN (761) días, al Coronel de Infantería D.Arturo David CENTENO (D.N.I.N° 10.525.376) a fin de desempeñarse como Agregado de Defensa y Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Que la designación del Oficial Superior se efectúa de acuerdo con lo establecido por la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE DEFENSA N° 1065 y del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO N° 3135 del 11 de noviembre de 1999 y a fin de cumplimentar el Programa Anual de Actividades y Comisiones en el Exterior (PAACE Año 2004).

Que la medida propuesta se dicta en virtud de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 10 de la Ley N° 20.957 del Servicio Exterior de la Nación y sus modificatorias.

Por ello, 

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1° — Desígnase en comisión “permanente”, a partir del 16 de enero de 2004 y por el término de SETECIENTOS SESENTA Y UN (761) días, al Coronel de Infantería D.Arturo David CENTENO (D.N.I.N° 10.525.376) a fin de desempeñarse como Agregado de Defensa y Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la REPUBLICA ARGENTINA en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTICULO 2° — El ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO (CONTADURIA GENERAL DEL EJERCITO) procederá a liquidar, en el país de origen, al Oficial Superior designado, los conceptos de compensación por cambio de destino y el equivalente al primer trimestre de los sueldos y emolumentos que le corresponda, con aplicación del porcentaje establecido en el artículo 2417 de la Reglamentación del Título II (Personal Militar en Actividad) — Capítulo IV (Haberes) de la Ley para el Personal Militar — Ley N° 19.101, aprobada por Decreto N° 3294 del 29 de diciembre de 1978, modificado por su similar N° 1003 del 29 de abril de 1983, y, posteriormente, a efectuarle los giros pertinentes durante su permanencia en el país de destino.

ARTICULO 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del presupuesto de la Administración Nacional del Ejercicio 2004 y a los créditos que a tal efecto se prevéan para los años sucesivos — JURISDICCION 4521 — ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.

ARTICULO 4° — Por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgará el pasaporte correspondiente.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — KIRCHNER.— José J.B.Pampuro.— Rafael A.Bielsa.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU78036