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Decreto Nº 898/2004
MINISTERIO DE SALUD
Desígnase con carácter transitorio Director Nacional de Gestión Ambiental, en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Bs.As., 15/7/2004
VISTO la Ley N° 25.827, los Decretos Nros.491 del 12 de marzo de 2002, 1140 del 28 de junio de 2002, 295 del 30 de junio de 2003 y 141 del 4 de junio de 2003, la Decisión Administrativa N° 24 del 25 de abril de 2002 y el Expediente N° 120025351000190/044 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2004.
Que el artículo 7° de la misma establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1° de enero de 2004, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por Decisión Administrativa N° 24/02 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SALUD de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios.
Que mediante el Decreto N° 1140/02 se estableció que los titulares de las jurisdicciones y organismos descentralizados cuyas estructuras organizativas hayan sido aprobadas en el marco de lo dispuesto por el artículo 19 del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, podrán solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA) instituido por el Decreto N° 993/91 T.O 1995 y sus modificatorios, debiendo elevar las respectivas propuestas de conformidad con lo dispuesto en el aludido Decreto.
Que por los Decretos Nros.295/03 y 141/03 se materializó la transferencia de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL al MINISTERIO DE SALUD.
Que en el ámbito de la referida Secretaría se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Gestión Ambiental Función Ejecutiva de nivel II correspondiente al nivel de conducción superior, resultando necesario proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 25.827 y de las disposiciones del Título III, Capítulo III, y del artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O 1995 y sus modificatorios.
Que la cobertura del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 7° y 14° de la Ley N° 25.827 y de lo dispuesto por los Decretos Nros.491/02, artículo 1°, y 1140/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° Desígnase con carácter transitorio, en el ámbito de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE SALUD, al Doctor Dn.Miguel Angel CRAVIOTTO (L.E.N° 6.697.449) en el cargo de Director Nacional de Gestión Ambiental Función Ejecutiva de nivel II, Nivel A Grado 1.
La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a las disposiciones del Título III, Capítulo III, y del artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O 1995 y sus modificatorios, y a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley N° 25.827.
ARTICULO 2° El cargo involucrado en el artículo precedente deberá ser cubierto conforme con los sistemas de selección previstos en el Título III, Capítulos I y III del Anexo I del Decreto N° 993/91 T.O 1995 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
ARTICULO 3° El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD.
ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Ginés M.González García.
Cita digital del documento: ID_INFOJU78542