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07/08/2003
LEY 23208
SÍMBOLOS NACIONALES
Bandera oficial. Derecho de uso. Determinación
sanc. 25/7/1985; promul. 16/8/1985; publ. 20/8/1985
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:
Art. 1. Tienen derecho a usar la bandera oficial de la Nación, el Gobierno Federal, los Gobiernos provinciales y del Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como también los particulares, debiéndosele rendir siempre el condigno respeto y honor.
Art. 2. Derógase el art. 2 del decreto de fecha 25 de abril de 1884; el art. 3 del decreto 1027/1943 de fecha 19 de junio de 1943 y el art. 3 del decreto 10302/1944 de fecha 24 de abril de 1944.
Art. 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pugliese Martínez Belnicoff Macris
Cita digital del documento: ID_INFOJU83054