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DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021
JURISPRUDENCIARecurso extraordinario federal. Rechazo. Inadmisibilidad
Se declara inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa, dado que no cumplió con los recaudos establecidos por los arts. 14 y 15 de la ley 48, y el art. 3, incisos d y e, de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Texto Completo:
Buenos Aires, 12 de agosto de 2016.
Y VISTOS:
Para resolver acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por E. R. L., con el patrocinio letrado de la Dra. Lorena Vanesa Totino.
Y CONSIDERANDO:
Que, en tanto el recurso extraordinario federal deducido no cumple con los recaudos establecidos por los arts. 14 y 15 de la ley Nº 48 y el art. 3º, incisos d) y e) de la Acordada nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (art. 11 de la mencionada acordada), y de conformidad con los expuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal, corresponde declarar inad misible la vía intentada.
Por lo expuesto, el tribunal, RESUELVE:
Declarar inadmisible el recurso extraordinario interpuesto, con costas (arts. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).
Regístrese, notifíquese y remítase a su procedencia. Sirva la presente de atenta nota de envío.
Dr. PEDRO R. DAVID
ALEJANDRO W. SLOKAR
M. ANDREA TELLECHEA SUÁREZ
SECRETARIA DE CÁMARA
Mattos Castañeda, Carlos Francisco Pío c/Farizano, Eduardo Antonio y otros s/amparo. Recurso de hecho deducido por la actora – Corte Sup. Just. Nac. – 10/04/2012
011033E
Cita digital del documento: ID_INFOJU105824