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JURISPRUDENCIAHonorarios. Pautas de regulación
En el marco de un juicio ordinario, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2017.
Y VISTOS:
En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos y tomando como base la liquidación aprobada a fs. 871 pto. I, se elevan a ciento cuarenta mil pesos ($ 140.000) los honorarios del letrado patrocinante de la actora, Dr. D. D. F., a cincuenta y siete mil pesos ($ 57.000) los de la apoderada de la misma parte, Dra. L. V. V., se confirman en treinta y seis mil pesos ($ 36.000) los de la perito contadora, C. M. S., en treinta y seis mil pesos ($ 36.000) los del perito ingeniero vial, S. C. D. A., y estando apelados sólo por altos, se confirman en cuarenta mil pesos ($ 40.000) los del letrado patrocinante de la demandada, Dr. J. A. S., en quince mil pesos ($ 15.000) los de cada uno de los apoderados de la misma parte, Dres. M. L. G., D. A. R. y M. V. P., en dos mil pesos ($ 2.000) los del letrado patrocinante de la demandada, Dr. D. A. R., y en mil pesos ($ 1.000) los de la apoderada de la misma parte, Dra. M. L. C., regulados a fs. 871/4 (arts. 6, 7, 9, 19, 37 y 38 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432, decreto ley 16.638/57 y art. 478 CPCC).
Notifíquese por Secretaría.
Oport unamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.
Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.
Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art. 109 RJN).
JULIA VILLANUEVA
EDUARDO R. MACHIN
RAFAEL F. BRUNO
SECRETARIO DE CÁMARA
027541E
Cita digital del documento: ID_INFOJU122222